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Impuestos De Sociedades


Enviado por   •  20 de Mayo de 2014  •  2.485 Palabras (10 Páginas)  •  258 Visitas

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CAPÍTULO 6- IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

1. ¿Tiene sentido un impuesto sobre la renta de las sociedades?

Desde la perspectiva legal, las sociedades son personas jurídicas, y muchos piensan que deben pagar impuestos.

Desde el punto de vista económico, las personas físicas son las que pagan impuestos sobre la renta.

Existen tres argumentos fundamentales que respaldan un gravamen independiente de las sociedades en un sistema tributario.

• El primer argumento que apoya la existencia de un impuesto sobre sociedades es que éste actúa como una retención sobre las rentas del capital de los accionistas de la empresa que impide que una parte de las rentas de las personas físicas tengan un gravamen aplazado hasta el momento en que se realicen como ganancias de capital o se distribuyan como dividendos, o que, incluso, escapen totalmente al gravamen.

• El argumento de la retención en origen de las rentas obtenidas por una sociedad es todavía más importante si sus accionistas no son residentes en el país. El impuesto sobre sociedades actúa como una retención internacional en el país origen de la renta, lo cual resulta una forma conveniente de gravar las inversiones en empresas localizadas en territorios diferentes al de residencia de los inversores.

• El tercer argumento en favor del impuesto sobre sociedades es que es una forma de gravar en su origen los beneficios puros que se obtienen de factores no reproducibles y, por tanto, con oferta inelástica.

2. Estructura del impuesto de sociedades

2.1. Base imponible

La base imponible de un impuesto sobre sociedades moderno tiende a coincidir con el beneficio contable.

El beneficio contable de una empresa se determina con la cuenta de pérdidas y ganancias que integra en el resultado de un ejercicio los resultados de explotación, financieros y extraordinarios, restando de todos los ingresos todos los gastos. Así se restan de los ingresos, por ejemplo:

a) los gastos de personal.

b) las compras de bienes y servicios necesarios para la obtención de los ingresos y que formen parte de las existencias al final del período.

c) los intereses de capitales ajenos y los alquileres de inmuebles.

d) la amortización por depreciación o la pérdida de valor de los activos fijos.

Si existe inflación, el criterio contable no siempre la tiene en cuenta.

El concepto económico de depreciación implica determinar la pérdida real del valor de

un activo en un ejercicio. Es decir, es el coste de reemplazar el activo. Supongamos que compramos un activo para nuestra empresa a un precio K0. En un año, la utilización del activo lo deteriora en S. Sólo tenemos 1 – S unidades del activo al final del período. Supongamos también que podemos comprar un activo idéntico al final del período por un precio k1. La pérdida de valor del activo es:

K0 - ( 1 – S ) K1

que podemos escribir como:

(S – z) k1, donde z = k1- k0

k1

La tasa de depreciación económica es S – z. Con este concepto se recogen para un activo no sólo el deterioro por su uso o por la obsolescencia por el período de tiempo, sino sus posibles ganancias o pérdidas de valor.

Este concepto de depreciación no tiene una utilización práctica sencilla. Necesitaríamos conocer S para cada activo y su precio de reposición K1.

En la práctica administrativa de todos los sistemas fiscales se siguen unos métodos de amortización por depreciación. Los principales métodos de amortización admisibles fiscalmente son los siguientes:

a) El método de amortización lineal: consiste en la aplicación, al coste histórico del activo, de un coeficiente constante que puede estar entre dos extremos:

- El del cociente que resulta de dividir la unidad entre el número de años de su vida útil.

- El de un cociente máximo de amortización, que usualmente se publica por la Administración en las tablas oficiales, que se aplica por tipos de activos y que no tiene por qué coincidir con S.

b) El sistema de amortización degresiva: produce cierta aceleración en la dotación por depreciación, y admite dos modalidades:

- El método de porcentaje constante, que consiste en la aplicación de un porcentaje fijo sobre la parte del valor del activo no amortizado.

- El método de la suma de dígitos. Si L es el período de amortización, se asignan L dígitos al primer ejercicio y a cada ejercicio sucesivo uno menos que al anterior. Si se suman los dígitos de todos los años de vida útil y se divide el valor del activo por ese total se obtiene la cuota por dígito.

c) El sistema de amortización libre: permite a la empresa establecer libremente las cuotas de amortización a efectos fiscales. La amortización acelerada supone un préstamo sin intereses que el gobierno concede al rebajar inicialmente los impuestos, que después se incrementan.

Los métodos prácticos de amortización no coinciden con el desgaste real u obsolescencia acaecida y no consideran las posibles ganancias o pérdidas reales de capital registradas en el activo, lo que hace que el impuesto distorsione las decisiones económicas.

Por otro lado, se admite, normalmente, la compensación fiscal de las pérdidas de un ejercicio con los beneficios de los ejercicios siguientes, pero no siempre con la compensación con beneficios de ejercicios anteriores.

En resumen, la base imponible de un impuesto sobre sociedades, basado en el beneficio contable, se separa de la base imponible que correspondería al beneficio puro o renta económica cuyo gravamen no genera distorsiones. De hecho, configurar un impuesto de sociedades en términos del beneficio económico a partir de un impuesto habitual exigiría reformas orientadas a:

a) permitir la deducibilidad fiscal de los costes financieros correspondientes a la retribución de los recursos propios.

b) ajustar la deducibilidad por amortizaciones exactamente a la depreciación económica.

c) eliminar los incentivos a la inversión.

d) corregir los efectos de la inflación.

e) permitir la plena compensación de pérdidas.

2.2. Tipo impositivo

Generalmente el tipo impositivo en los impuestos

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