Impuestos
Enviado por nohemir • 6 de Febrero de 2014 • 1.030 Palabras (5 Páginas) • 179 Visitas
GUIA LABORAL DE P.T.U.
Fecha límite para el reparto.
31 de Mayo.
Trabajadores con derecho a las Utilidades.
1. Los trabajadores de planta, independiente del número de días laborados durante el ejercicio fiscal de la empresa.
2. Trabajadores eventuales, temporales o supliendo vacantes y que laboren por lo menos 60 días en el ejercicio mencionado.
3. Extrabajadores Art. 987 LFT que hayan laborado por lo menos 60 días en el ejercicio.
4. Comisionistas Art. 287 LFT. Agentes de comercio, de seguros, vendedores, viajantes, propagandistas o impulsores de venta, se consideran trabajadores de la empresa, ello, considerando que la actividad se permanente.
Trabajadores sin derecho a las Utilidades.
1. Directores, Administradores y Gerentes Generales.
2. Socios o accionistas de la empresa.
3. Profesionistas, Técnicos, Artesanos y otros que mediante el pago de honorarios, presten sus servicios independientemente sin que exista una relación laboral subordinada que implique independencia.
4. Comisionistas, sólo ante la comprobación plena de que no realiza de manera personal las actividades encomendadas o que lo hace en operaciones aisladas.
5. Trabajadores eventuales, cuando hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal del que se trate.
6. Los empleados domésticos, en razón de que un hogar o una familia no generan Utilidades.
Días a considerar en el reparto.
Los días que se consideran como base para el reparto serán los laborados y en los que aquellos por disposición de ley de contratos y del reglamento interior de trabajo respectivo, el patrón pague el salario, aun cuando los trabajadores no laboren. Asimismo, no se debe olvidar que se consideran trabajadores en servicio activo y por ende con derecho al P.T.U. a los empleados víctimas de un riesgo laboral durante el periodo de incapacidad temporal, y a las madres trabajadoras incapacitadas en los periodos pre y postnatales, así como los permisos contractuales sindicales, con goce de sueldo, descansos semana vacaciones y días festivos.
Salario base para la participación.
1. El percibido por el trabajador por cuota diaria sin considerar prestaciones extraordinarias destinadas a este concepto.
2. El promedio diario del total de salarios devengados durante el año, en el caso de los trabajadores con salario variable por unidad de obra, comisión o destajo. Art. 124 seg. Párrafo.
3. Un mes de salario, en el caso de trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos se deriven exclusivamente de su trabajo, tal es el caso de las empresas de servicios, como son los despachos de contadores o de abogados y de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses.
4. En caso de los empleados de confianza, cuando el sueldo que perciban sea más alto salario de la empresa, se considerará este salario aumentando en un 20% como salario base para el cálculo del P.T.U.
Bases para el cálculo de la P.T.U.
Para elaborar el proyecto de reparto individual, la comisión tomará en cuenta lo siguiente:
1. El importe total a repartir aumentando, si procede, por las cantidades no cobradas en el ejercicio anterior.
2. Los trabajadores con derecho a P.T.U.
3. El salario base de determinación.
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