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La Posesion


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  2.069 Palabras (9 Páginas)  •  882 Visitas

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Resumen Del Folleto de derecho inmobiliario

Concepto de Saneamiento

Es el conjunto de Actividades técnicas y jurídicas encaminadas a obtener el primer registro de los derechos reales inmobiliarios que puedan afectar a un inmueble. No es más que limpiar o depurar, legalizar, legitimar e individualizar los derechos que recaen sobre dicho inmueble.

El saneamiento implica un conjunto de actividades técnicas, jurídicas y administrativas encaminadas a obtener el registro por primera vez del derecho de propiedad y de los demás derechos reales accesorios que pueden afectar el inmueble, mediante la celebración de un juicio oral, publico y contradictorio, frente a todo el mundo (erga omnes), y sobre la cosa (in ren).

El saneamiento abarca tres aspectos:

a) El trabajo técnico de medir.

b) El aspecto jurídico de determinar quién es el verdadero propietario del inmueble saneado.

c) El aspecto administrativo de registro del inmueble saneado.

¿Quiénes pueden iniciar el proceso de saneamiento inmobiliario?

Puede ser iniciado por cualquier persona física o moral. En primer lugar el Estado Dominicano, como persona moral , cumpliendo con todos los requisitos y formalidades que se le exige a cualquier otra persona, principalmente en cuanto a tener la posesión material del inmueble reclamado, por el tiempo establecido por la ley; y toda persona física o moral que reclame o posea un derecho sobre un terreno no registrado.

Como se inicia el proceso

Se inicia con la mensura Catastral, y la mensura catastral se inicia con la autorización para la realización de la misma, otorgada por la Dirección Regional de mensuras Catastrales territorialmente competente , la cual debe ser precedida por la solicitud de autorización hecha por el interesado o reclamante. En dicha solicitud el interesado o reclamante solicita a la dirección regional de mensuras catastrales correspondientes, que autorice al agrimensor por el propuesto, a realizar los trabajos de mensura. Dicha solicitud lleva implícita la petición de que la dirección regional de mensuras catastrales apodere al tribunal de tierras de jurisdicción original territorialmente competente.

Concepto de Mensura

Mensurar un terreno, no es más que medirlo, es decir, determinar el área que abarca el polígono o figura geométrica de la parcela.

Como puede ser realizada la mensura:

1) De una manera rudimentaria: es la que se realiza utilizando cualquier instrumento de medida (cinta, metro, vara, etc.). esta puede ser realizada por cualquier persona, sin importar los conocimientos que tenga sobre el tema. Esta mensura solo sirve para saber área aproximada que tiene o abarca la parcela.

2) De una manera científica: es aquella que se hace utilizando instrumentos de medida científicos, como lo es el G.P.S. Esta debe ser hecha por un profesional universitario que tiene los conocimientos profesionales, técnicos y científicos para realizar dichos trabajos, que es el agrimensor.

Cuando la mensura ha sido realizada de manera científica, podemos distinguir dos tipos de mensura:

a) La mensura Oficial: es aquella que ha sido revisada y aprobada por la dirección regional de mensuras catastrales correspondiente, que es la oficina técnica adscrita a cada tribunal superior De tierras.

b) Es La mensura no Oficial: es aquella que no ha sido revisada ni aprobada por la dirección regional de mensuras catastrales correspondientes.

Una se distingue de la otra en que en la oficial el plano catastral está firmado tanto por el agrimensor como por el director regional de mensuras catastrales y contiene el sello de dicha dependencia técnica, mientras que en la no oficial, el plano solo está firmado por el agrimensor y no contiene el sello ni la firma de la dirección regional de mensuras catastrales.

Existían dos tipos de mensuras oficiales:

a) LA MESNURA POR ADMINISTRACION: consistía en que el contrato para la mensura era suscrita entre el Estado dominicano, por una parte, representado por la dirección general de mensuras catastrales, mediante poder, y el agrimensor contratista, por la otra parte, cuyo costo y honorarios del agrimensor, eran cubiertos con fondos públicos.

b) LA MENSURA POR INICITIVA PARTICULAS: es aquella que el contrato para la mensura es suscrito entre el interesado o reclamante, de una parte, y el agrimensor contratista, de la otra parte, y el costo de la mensura y los honorarios del agrimensor deben ser cubiertos con fondos del propio interesado o reclamante.

En el proceso de saneamiento no se requiere el ministerio de abogado, salvo que el mismo se torne técnica y jurídicamente litigioso.

La posesión y la prescripción

La posesión: es la ocupación o el goce de una cosa o de un derecho que tenemos o ejercemos por nosotros mismo o por otro que tiene la cosa o ejerce el derecho en nuestro nombre. Para que la posesión sea causa de un derecho de propiedad, debe ser pública, pacifica, inequívoca e interrumpida por el tiempo fijado en el código civil, según la posesión de que se trate. Se consideran actos posesorios cuando los terrenos se hallen cultivados o dedicados a cualquier otro uso lucrativo, la percepción de frutos, la construcción que se haga en el inmueble, la materialización de los límites.

La posesión existe tanto en materia mueble como en materia inmueble, según lo expuesto por el artículo 2228 del código civil.

Elementos constitutivos de la posesión

La posesión para que sea efectiva para adquirir el derecho de propiedad, tiene dos elementos constitutivos inseparables el uno del otro, estos elementos son:

1) El Corpus: es el elemento material de la posesión, es decir, el ejercicio de actos de dueño que se ejerce sobre el inmueble poseído, como por ejemplo cultivarlo, cercarlo, construir sobre el terreno, etc.

2) El Animus: es el elemento intencional de la posición, es decir, el deseo de ser propietario del inmueble poseído.

Diferencia

El Corpus puede ser ejercido a través de otra persona diferente al propietario, pero el Animus como elemento intencional de la posesión, solo puede ser ejercido por el verdadero poseedor o propietario.

Clases de posesión (solo existe una sola clase, ya que la ley 108-05 elimino la posesión teórica o por mensura).

1) Posesión material

Conflicto de posesión

Cuando más de una persona alega tener la posesión del mismo terreno que se va a sanear, y hay que determinar cuál de la posición de los reclamantes es mas valida, la ley No. 108-05 en su artículo 21 establece cuatro categorías de posesión, que son:

1) El cultivo o cualquier

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