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Legislacíon Laboral - Inspectoría Del Trabajo


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2012  •  1.609 Palabras (7 Páginas)  •  941 Visitas

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1.- ¿Qué es la Inspectoría del trabajo y cuáles son sus funciones?

La Inspectoría del Trabajo, es el órgano de la administración pública que se encarga del trámite de procedimientos laborales, en vía administrativa. Este depende del Ministerio del trabajo y este tiene una sede en cada Estado.

La Inspectoría del Trabajo estará a cargo de un Inspector y este ejercerá su representación, en todos los asuntos de su competencia y debe además cumplir con las instrucciones del Ministerio del Trabajo; además se encuentra compuesta por abogados, personal médico, personal de ingeniería, personal de relaciones industriales, personal de contaduría y administración.

Funciones:

a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la citada Ley y por el reglamento de la jurisdicción territorial que le corresponda.

b) Acopiar datos para el censo general del trabajo, mediante inscripción y registro de los sindicatos y sus miembros, y mediante el catastro de desempleados en su jurisdicción.

c) Intervenir en la conciliación y arbitraje, como lo señala la L.O.T.

d) Nombrar comisionados especiales, permanentes y ocasionales, para acopiar datos sobre cualquier especie de asuntos de orden económico y social que surjan en el territorio de su jurisdicción, en este caso el Estado Nueva Esparta, y para ejecutar las instrucciones que le comunique el inspector.

2.- ¿Qué es la sala de reclamo?

Es la que realiza el cálculo por concepto de relación laboral, transacciones estadísticas y reclamaciones ordinarias de prestaciones sociales. En esta sala, se realizarán las negociaciones y conflictos colectivos que surjan entre uno o más sindicatos de trabajadores y uno o más patronos, para modificar las condiciones de trabajo, para reclamar el cumplimiento de las convenciones colectivas, o para oponerse a que se adopten determinadas medidas que afecten a los trabajadores de la respectiva empresa, explotación o establecimiento.

3.- ¿Qué es el inspector de trabajo?

Inspector de trabajo es el encargado de ejercer la representación de la Inspectoría del Trabajo en función de verificar el cumplimiento de las normas laborales y de Seguridad social y sancionar las infracciones. Esta tiene bajo su cargo la guardia, vigilancia y protección de los trabajadores, debe además cumplir con las instrucciones del Ministerio del Trabajo.

Funciones de los Inspectores:

 Visitar lugares de trabajo que estén dentro de su jurisdicción y verificar que se cumplan las disposiciones legales relativas al trabajo.

 Guardar secreto de los procedimientos operacionales que tomen en sus visitas o actos de inspección.

 Mantener absoluta imparcialidad y abstenerse de tomar posiciones partidistas y políticas.

 Cuando el inspector realice sus visitas podrá ordenar cualquier prueba, investigaciones o examen, todo esto para cerciorarse que las disposiciones legales se cumplan cabalmente.

 Interrogar al patrono o al personal, con presencia de testigos o no, guardar confidencialidad de lo comunicado y del declarante.

 Exigir la presentación de libros, registros u otros documentos.

 Informar al ministerio del trabajo, dentro de los 10 primeros días de cada mes, información sobre las actividades de la Inspectoría en el mes anterior.

4.- ¿Qué es la sala de fueros?

Es la encargada de promover todos los procedimientos administrativos, sobre despidos de trabajadores.

Entre sus funciones tenemos:

a) Tramitar solicitud de reenganche y calificación de faltas.

b) Proceder a citar a la contra parte a solicitud de la parte actora.

c) Dar contestación a dicha solicitud.

d) Verificar la inamovilidad por fuero maternal y sindical remitiendo los expedientes al inspector.

5.- ¿Qué es la procuraduría de trabajadores y cuáles son sus funciones?

Procuraduría del Trabajo es un servicio existente en la Inspectoría del Trabajo, el cual está integrado por profesionales del derecho orientados a prestar de manera gratuita asesoría y asistencia legal a los trabajadores y trabajadoras que requieran la asistencia o representación legal.

Funciones:

 Representar y asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos ante cualquier autoridad en cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo.

 Interponer recursos ordinarios y extraordinarios procedentes para la defensa del trabajador o sindicato.

 Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos.

6.- ¿Qué es un procurador del trabajo?

Es un profesional del derecho, el cual se encargada de recibir a los trabajadores y trabajadoras que asisten a las distintas Inspectorías del Trabajo a los fines de orientarlos en los procedimientos a seguir dependiendo de la problemática laboral que presente el usuario.

Luego de esta atención primaria el procurador de trabajadores es responsable de ejercer la defensa del trabajador dentro de la Inspectoría del Trabajo (Sala de Reclamo, Sala de Fuero), así como en los tribunales laborales. Siendo de importancia fundamental el trabajo de los abogados y abogadas que integran esta dependencia.

7.- ¿Por qué se dice que la Inspectoría del trabajo es un órgano conciliador?

Es llamada órgano conciliador ya que es la inspectoría del trabajo, la encargada de mediar en la solución de los reclamos individuales de trabajadores y trabajadoras y ordenar el cumplimiento de la ley o la normativa

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