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PLENARIO DE POSESION


Enviado por   •  8 de Agosto de 2014  •  2.681 Palabras (11 Páginas)  •  343 Visitas

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XXXXXXXXXXXL

VS

XXXXXXXXXXXXX

JUICIO: ORDINARIO CIVIL

JUICIO PLENARIO DE POSESION

EXP. No.

C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO EN

ECATEPEC DE MORELOS,

ESTADO DE MÉXICO.

ROBERTO RANGEL, por mi propio derecho, y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores el que se ubica en calle Adolfo López Mateos número 63, colonia la mora, en Ecatepec Estado de México, y autorizando para los mismos efectos a los LICS. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX a los CC. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, comparezco respetuosamente ante Usted para exponer:

Que por medio del presente escrito y en la vía ordinaria civil escrita, y mediante el interdicto de recuperar la posesión del inmueble que más adelante se detallara, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.16 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México en vigor, vengo a demandar a XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, quien puede ser emplazado a Juicio en el domicilio que se ubica en DEPARTAMENTO 102, EDIFICIO "E", CONDOMINIO 12, DE LA CALLE 16 DE SEPTIEMBRE S/N COLONIA LA MONERA, SAN CRISTÓBAL, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO y a quien se le reclaman las siguientes:

P R E S T A C I O N E S:

1ª.- La declaración judicial de que el suscrito ROBERTO RANGEL, tengo mejor derecho para poseer el bien inmueble consistente en DEPARTAMENTO 102, EDIFICIO "E", CONDOMINIO 12, DE LA CALLE 16 DE SEPTIEMBRE S/N COLONIA LA MONERA, SAN CRISTÓBAL, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO.

2ª.- La restitución y entrega de la posesión del inmueble antes mencionado, con todos sus frutos y accesorios del departamento descrito.

3ª.- Conminar al demandado para que se abstenga de perturbar en la posesión del inmueble descrito en la prestación primera, apercibiéndolo con una medida de apremio consistente en una multa o en su caso un arresto por reincidencia.

4ª.- El pago de los daños y perjuicios consistentes en una indemnización misma que su Señoría deberá decretar conforme a la ley y a criterio de peritos, ya que el demandado me ha causado daños y perjuicios mas los que se sigan causando hasta que sea restituido de la posesión del referido inmueble.

5ª.- El afianzamiento por el demandado, para que se abstenga en lo futuro de realizar actos perturbatorios.

6ª.- El pago de los gastos y costas que origine el presente asunto:

Se funda la presente demanda en los preceptos del orden legal que más adelante se invocarán y en los siguientes:

H E C H O S:

1.- Con fecha 2 DE FEBRERO DE 1996, el suscrito adquirí el bien inmueble consistente en DEPARTAMENTO 102, EDIFICIO "E", CONDOMINIO 12, DE LA CALLE 16 DE SEPTIEMBRE S/N COLONIA LA MONERA, SAN CRISTÓBAL, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, situación que acredito con el contrato de CESIÓN DE DERECHOS celebrado entre el suscrito y el SEÑOR FRANCISCO JAVIER BARAJAS CRUZ Y SU ESPOSA LA SEÑORA MARIA TERESA HUERTA VELÁZQUEZ, EN DONDE CEDEN LOS DERECHOS AL QUE SUSCRIBE RESPECTO DEL INMUEBLE MOTIVO DE ESTE JUICIO CON FECHA 2 DE FEBRERO DE 1996, TAN ES ASÍ QUE ME OTORGAN UN PODER NOTARIAL ANTE EL FEDATARIO NUMERO 60, DEL ESTADO DE MEXICO LICENCIADO LUIS ARMANDO ARMENDÁRIZ RUIZ, CON FECHA 15 DE MARZO DEL AÑO 2003 A EFECTO DE REALIZAR LOS TRAMITES RELACIONADOS CON EL PROPIO INMUEBLE CEDIDO, E INCLUSO DICHO PODER TIENE DOS CARATERISTICAS QUE ME LO DIO PARA ACTOS DE RIGUROSO DOMINIO Y CON EL OBJETO DE LIMITARLO AL INMUEBLE CONOCIDO COMO DEPARTAMENTO 102 DEL EDIFICIO E, DEL CONDOMINIO 12, DEL CONJUNTO DENOMINADO SAN CRISTÓBAL UBICADO EN CALLE PRIMERA DE 16 DE SEPTIEMBRE S/N DEL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MEXICO, ADEMÁS DE QUE DICHO PODER EN SU CLAUSULA SEGUNDA ESTABLECE QUE SERÁ IRREVOCABLE, situación que se acredita con dicha CESIÓN DE DERECHOS como ANEXO 1 y con el propio instrumento notarial antes descrito y que acompaño como ANEXO 13.

2.- Es el caso que el suscrito desde que adquirí dicho predio desde el día 2 de febrero de 1996 siempre he poseído dicho inmueble, tan es así que he venido pagando todos y cada uno de los impuestos que el mismo eroga lo que acredito con las diversas documentales que se adjuntan al presente escrito con los números de ANEXOS del contrato de cesión de derechos de fecha 2 de febrero de 1996, COMO ANEXO 1, tres recibos de prediales y dos de luz COMO ANEXOS 2, 3 , 4, 5 Y 6 traslado de dominio ANEXO 7, así como contrato de adhesión de prestación de servicios de administración del sistema de comercialización denominado hábitat 2000 numero 2315 ANEXO 8, recibo provisional/pre-contrato número 356, ANEXO 9, talonario de diversos recibos de pago COMO ANEXO 10, convenio de S.A.P.A.S.E. como ANEXO 11, aceptación de promoción de fecha 16 de diciembre de 1995 como ANEXO 12, y que todo ello acredita mi adquisición legítima mediante acto Jurídico válido y mi regularización en cuanto a los pagos que como contribuyente tengo derecho y que por consecuencia el demandado al carecer de documentación alguna esta impedido para poseer dicho inmueble y por ello deberá su Señoría ordenar su pronta desocupación.

3.- Es el caso que con fecha con fecha 01 de noviembre del 2004, celebró un acto jurídico contractual de arrendamiento ( EN DONDE EL QUE SUSCRIBE, ACTUE CON LA MEJOR BUENA FE Y NO ASI MI CONTRARIO) y como dije, dicho contrato se celebra con el hoy demandado Sr. RAUL ALEJANDRO ROMERO CORREA, (QUIEN ACTUO DE MALA FE POR LO QUE ENSEGUIDA MENCIONO) concediéndole la ocupación a cambio del pago de una renta temporalmente, por el uso al entregarle la posesión a cambio del pago de una renta mensual todo por virtud de dicho arrendamiento, mismo que fuese formalizado con contrato fechado el 13 de febrero del 2005 en donde el suscrito ROBERTO RANGEL en mi carácter de propietario y arrendador celebre Contrato de Arrendamiento con el Sr. RAUL ALEJANDRO ROMERO CORREA en su carácter de arrendatario respecto del inmueble ubicado en DEPARTAMENTO 102, EDIFICIO "E", CONDOMINIO 12, DE LA CALLE 16 DE SEPTIEMBRE S/N COLONIA LA MONERA, SAN CRISTÓBAL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, por lo que el arrendatario se comprometió con el arrendador a desocupar el inmueble en el momento en que se le requiriera del mismo, esto lo acredito con el contrato de arrendamiento en la que se indicó el periodo en que comenzó dicho arrendamiento que se adjunta como ANEXO NUMERO 14 en copia certificada al presente ocurso, pactándose una renta mensual. Circunstancia que el demandado al firmar dicho contrato y aprovechándose de mi buena fe estampó una firma apócrifa, falsa y con ello

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