REGULARIZACIÓN EN MATERIA LABORAL. AUDIENCIA SIN COMPARECENCIA
Enviado por osvaldo villavicencio • 30 de Mayo de 2019 • Trabajo • 2.091 Palabras (9 Páginas) • 560 Visitas
xxxxxxxxxxxx VS.
COMISIÓN FEDERAL DELECTRICIDAD
EXPEDIENTE: xxxx/2018
ASUNTO: SOLICITUD DE REGULARIZACIÓN DE PROCEDIMIENTO.
H. JUNTA FEDERAL NÚMERO X
DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
LIC. XXX XXX XXX, en mi carácter de apoderado legal de XXX XXX XXX, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos del presente expediente mediante los documentos que fueron exhibidos para tal efecto; ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
En términos del artículo 686 de la Ley Federal del Trabajo, así como también del diverso artículo 17 del mismo ordenamiento legal, vengo a solicitar LA REGULARIZACIÓN del presente procedimiento laboral, en los siguientes términos:
Que ocurro mediante el presente escrito a promover la regularización del procedimiento laboral citado al rubro, en razón a las irregularidades y omisiones acontecidas y asentadas en la audiencia de demanda y excepciones celebrada con fecha XXX en esta H. Junta Especial Número X de la Federal de Conciliación y Arbitraje, por las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:
Lo anterior es así, pues de acuerdo a lo previsto por el artículo 692, fracción II de la Ley Federal del Trabajo, una vez acreditada la personalidad de las partes en el asunto que nos ocupa, y muy especialmente mi personalidad como representante legal de la Comisión Federal de Electricidad, en la misma audiencia por la que hoy se solicita sea regularizado el presente procedimiento, por notorias irregularidades y omisiones; en uso de la voz, el suscrito que compareció únicamente con fin de dar contestación a la demanda interpuesta por el C. XXX XXX XXX, lo que se acredita por la misma comparecencia, lo hizo por medio de un escrito de fecha XXX, constante de 5 fojas útiles tamaño oficio, escritas por una sola de sus caras, el cual fue exhibido y puesto a disposición del personal actuante de esta H. autoridad en ese mismo momento, sin omitir posteriormente, y dentro del uso de la voz, correrle traslado al representante legal del hoy actor; tal y como puede acreditarse en las manifestaciones efectuadas por el hoy promovente dentro de dicha audiencia.
Sin embargo, en seguimiento a lo anterior, y sin previa certificación efectuada por el personal actuante de esta Junta Especial número X, de la Federal de Conciliación y Arbitraje, acreditable en la misma acta de audiencia de fecha XXX, y vistas las dolosas, unilaterales y carentes de sentido manifestaciones efectuadas por el representante legal del hoy actor, esta H. Junta, a pesar de haber aclarado dichas manifestaciones por mi parte en uso de la voz en mi contrarréplica acordó, sin previa certificación, qué la demanda se tenía por contestada en sentido afirmativo, supuestamente por no haber exhibido el escrito de contestación de demanda, el cual no sólo se encontraba a disposición del personal actuante por parte de esta autoridad, sino que también lo tenía en su poder al dictar dicho acuerdo, tanto es así que lo tomó de referencia para señalar los datos del mismo, situación acontecida de forma arbitraría y en estricto apego únicamente a las manifestaciones del representante legal de la parte actora, sin tomar en consideración, y sin pronunciarse si quiera a las manifestaciones efectuadas por el suscrito, advirtiéndose todo esto, en la misma acta de audiencia de fecha XXX, en la que a su vez no se observa fundamentación ni motivación alguna como sustento de las determinaciones emitidas y asentadas. Lo que dejó en total estado de indefensión a mi representada al resultar violatorio de las leyes del procedimiento laboral.
Sirve de apoyo por analogía a lo manifestado por el suscrito el siguiente criterio, mismo que se transcribe para su pronta referencia con el fin de crear convicción en esta H. Autoridad respecto lo planteado en el presente escrito:
Época: Novena Época
Registro: 171260
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXVI, Septiembre de 2007
Materia(s): Laboral
Tesis: XX.1o.123 L
Página: 2684
VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO LABORAL. LA CONSTITUYE LA RESOLUCIÓN DE LA JUNTA QUE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA EN SENTIDO AFIRMATIVO, SI LA PARTE DEMANDADA, A PESAR DE NO HABER CONCURRIDO AL INICIO DE LA AUDIENCIA, EXHIBE EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN ANTES DE QUE CONCLUYERA LA ETAPA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES Y SE HIZO CONSTAR SU ENTREGA.
Del artículo 875 de la Ley Federal del Trabajo se advierte que las partes que no estuvieren presentes al inicio de la audiencia a que se refiere el numeral 873 de dicho ordenamiento legal, podrán intervenir en ella en el momento en que concurran, siempre y cuando la Junta no haya acordado respecto de las pretensiones formuladas en la etapa correspondiente; en tal virtud, si la fase de demanda y excepciones no había concluido cuando se hizo constar la entrega del escrito de contestación de demanda, la Junta debe considerarla que fue oportuna, y no tenerla por contestada en sentido afirmativo, pues ello constituiría una violación a las leyes del procedimiento laboral en términos de la fracción IV del artículo 159 de la Ley de Amparo que amerita su reposición.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Amparo directo 329/2006. Integradora Comercial y de Servicios Jicinoc, S.A. de C.V. 30 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: José Pérez Troncoso. Secretario: Javier Alfredo Cervantes Gutiérrez.
(Énfasis añadido)
En consecuencia, vista la irregularidad acontecida en la celebración de la audiencia de fecha XXX, misma que puede acreditarse mediante las manifestaciones efectuadas por las partes en el presente asunto, ya que el personal actuante por parte de esta junta número cinco, no agrego a autos el escrito de contestación de demanda de fecha de XXX, exhibido y puesto a disposición, y tomó únicamente en consideración en completa arbitrariedad las efectuadas por el representante de la parte actora, sin mediar motivo o fundamento legal, y mucho menos una certificación de la supuesta omisión en exhibir el escrito de contestación de demanda, que niego tajantemente, resulta procedente regularizar el presente procedimiento.
...