RESUMEN DERECHO PENAL
Enviado por licsamito • 14 de Mayo de 2015 • 1.465 Palabras (6 Páginas) • 318 Visitas
DERECHO PENAL.
Es una parte de la ciencia del derecho, que estudia los principios, teorías, doctrinas, instituciones y normas que regulan los delitos y las penas que les corresponden a los mismos, además de las faltas y las medidas de seguridad.
FINALIDAD DEL DERECHO PENAL.
Establecer los límites al poder sancionador que posee el Estado, como único ente facultado para imponer penas.
PARTES DEL DERECHO PENAL.
• PARTE GENERAL:
Está contenida en el libro primero del Código Penal, contiene los principios, teorías, doctrinas, instituciones y normas que regulan entre otras cosas las teorías del delito, los grados de participación del delito, las penas y su aplicación, los beneficios penales, las medidas de seguridad, la responsabilidad penal y responsabilidad civil.
• PARTE ESPECIAL:
Está contenida en los libros segundo y tercero del Código Penal, contiene los tipos penales para cada caso concreto.
DERECHO PENAL OBJETIVO (IUS POENALE).
Es aquel que está constituido por el conjunto de normas y principios penales que determinan los delitos, así como las penas y su aplicación.
DERECHO PENAL SUBJETIVO (IUS PUNIENDI).
Es la facultad que tiene el Estado como único ente facultado para imponer penas.
LIMITES AL PODER PUNITIVO (IUS PUNIENDI).
• PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Art. 17 Constitución. Art. 1 Código Penal. Art. 1,2 Código Procesal Penal.
• PRINCIPIO DE RETROACTIVIDAD DE LA LEY MAS FAVORABLE AL REO
Art. 15 Constitución.
• PRINCIPIO DE EXCLUSIVA PROTECCION DE BIENES JURIDICOS
El principal objetivo del Estado es la protección de los bienes jurídicos tutelados.
• PRINCIPIO DE LESIVIDAD
Consiste en que se haya lesionado un bien jurídico tutelado, provocando con esto un daño a la sociedad.
• PRINCIPIO DE MINIMA INTERVENCION
Consiste en que la sanción por parte del Estado debe de tener carácter de último ratio. (Ultima razón, último argumento)
LEY PENAL.
Es el conjunto de normas jurídicas que regulan los delitos y las penas que les corresponden a los mismos, además de las faltas y las medidas de seguridad.
CARACTERISTICAS DE LA LEY PENAL.
A. CONSTITUCIONAL
B. GENERALIDAD, OBLIGATORIEDAD E IGUALDAD
C. EXCLUSIVIDAD
D. IMPERATIVIDAD
E. SANCIONADORA
F. PERMANENCIA E INELUBILIDAD
G. PREVENTIVA Y REHABILITADORA
RETROACTIVIDAD.
En este caso la ley penal se aplica hacia el pasado.
ULTRACTIVIDAD.
En este caso la ley se aplica hacia el futuro.
RELACION DE CAUSALIDAD. ART. 10 C.P.
Establece que la sanción es el efecto y el delito es la causa.
ITERCRIMINIS.
En latín significa “camino del delito”. Son las fases del delito, estas van desde lo subjetivo que es lo interno cuando el sujeto tiene la comisión del delito aun en su mente, hasta lo objetivo que es lo externo cuando el sujeto realiza todo o en parte lo que había pensado.
FASE INTERNA:
No genera responsabilidad para la persona, ya que la comisión del delito aún está en su mente.
FASE EXTERNA:
Si genera responsabilidad penal para la persona, ya que en esta la persona ha cometido en todo o en parte lo que había pensado.
Se conforma así:
• DELITO CONSUMADO
El autor logro todo lo que planeo (Art. 13 C.P.)
• TENTATIVA
Se comienza la ejecución del delito, pero por actos independientes a la voluntad del agente, no lo consuma (Art. 14 C.P.)
• TENTATIVA IMPOSIBLE
Se tiene el dolo (intención) de cometer el delito, pero el medio utilizado no es el idóneo
• DESISTIMIENTO
EL DELITO.
La palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa “apartarse del buen camino”
TEORIA GENERAL DEL DELITO.
Estudia los presupuestos que deben concurrir para determinar si una acción puede ser considerada o no como delito.
1. ELEMENTOS POSITIVOS DEL DELITO.
• ACCION
Es el núcleo central del delito. Es toda conducta voluntaria del ser humano, que consiste en todo cambio en el mundo exterior producido por dicha conducta o movimiento.
Formas de acción:
o OMISION: dejar de hacer algo que se tiene la obligación de hacer.
o COMISION: la conducta acá consiste en hacer algo.
• TIPICIDAD
Consiste en encuadrar la acción en el tipo penal, en otras palabras que esa acción esté regulada en la ley penal.
• ANTIJURIDICIDAD
Consiste en que la acción además de estar regulada en ley, no debe tener causas que la justifiquen.
• CULPABILIDAD
Consiste en que la acción tipificada en la ley penal y con carácter de antijurídico es reprochada hacia el sujeto activo del delito, por haber obrado contra el Derecho pudiendo conducirse de manera correcta.
Elementos de la culpabilidad:
o DOLO: es la intención consciente de causar el daño.
DOLO DIRECTO:
El autor tiene el dominio del hecho y el deseo de cometerlo, lo planea, busca la oportunidad y lo realiza.
DOLO INDIRECTO:
El autor tiene el dominio del hecho y el deseo de cometerlo, pero no lo planea y no busca la ocasión, simplemente se le presenta la oportunidad y la aprovecha.
DOLO EVENTUAL:
El autor tiene el dominio del hecho, pero no tiene el deseo de cometerlo.
o CULPA: en la culpa no se tiene la intención de causar el daño, pero este se produce por dejar de cumplir don el deber de cuidado.
Formas de manifestación de la culpa:
NEGLIGENCIA:
Es producir el resultado sin tener la intención de hacerlo,
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