Reglamento interno subcontrato
Enviado por Reinaldo Astudillo • 29 de Noviembre de 2015 • Tarea • 1.660 Palabras (7 Páginas) • 233 Visitas
Reglamento interno Especial para empresas contratistas y subcontratistas
- Introducción
La El manzanal es consciente de su responsabilidad solidaria y subsidiaria con las empresas contratistas y subcontratistas que realizan trabajos o prestan servicios dentro de las instalaciones, por ende se ha diseñado el presente reglamento, de modo que su aplicación determine el accionar de estas empresas y ayude a prevenir, los riesgos de accidentes que comprometen tanto los recursos humanos como materiales y al medio ambiente.
- Objetivos
2.1 Establecer los procedimientos, requerimientos y obligaciones en Prevención de Riesgos que deben cumplir las Empresas Contratistas y Subcontratistas, durante el desarrollo de actividades y/o servicios contratados a fin de garantizar a todos los trabajadores condiciones de higiene y seguridad adecuadas.
2.2 Establecer la responsabilidad de los diferentes departamentos o Personas Involucradas en la administración de los trabajos y los contratos.
2.3 Asegurar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 bis de la ley 16.744 /68 que establece
el seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales incorporado por la ley
Nº 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios, el contrato de trabajo de servicios transitorios y el Decreto Nº 76 del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social publicado en el diario oficial el 18 de enero de 2007, que aprueba el reglamento para la aplicación de este artículo antes mencionado.
2.4 Establecer las obligaciones y responsabilidades que en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, desarrollen las Empresas Contratistas, contribuyendo a prevenir y a evitar los Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales, Accidentes con daño a la Propiedad, Medio Ambiente y Terceras
Personas.
- Alcance
3.1 Este Reglamento aplicara sobre los contratos de obras, faenas o servicios celebrados con empresas contratistas y subcontratistas, y los procedimientos de éste son de cumplimiento obligatorio por parte de quienes realicen estos trabajos.
3.2 Es obligación ineludible de los trabajadores del Contratista conocer y cumplir las disposiciones establecidas en este Reglamento, siendo el Contratista responsable de las faltas u omisiones en que incurra su personal.
- Aplicación
El siguiente reglamento se aplica a todos las empresas contratistas y sus subcontratistas que se integren en las obras y /o trabajos que ejecuten en la organización.
- Definiciones
5.1 Accidente de Trabajo
“Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte”. Art. 5º, inciso primero, Ley Nº 16.744.
5.2 Accidente de Trayecto
“Los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación del trabajador y el lugar de trabajo y viceversa”. Art. 5º, inciso segundo, Ley Nº 16.744.
5.3 Enfermedad Profesional
“Es aquella causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte”. Art. 7º Ley Nº 16.744.
5.4 Riesgo
Combinación de la probabilidad de que ocurra un suceso o exposición peligrosa y la severidad del daño o deterioro de la salud que puede causar el suceso o exposición.
5.5 Peligro
Fuente, situación o acto con potencial para causar daño en términos de daño humano o deterioro de la salud, o una combinación de estos.
5.6 Elemento de Protección Personal
El conjunto de elementos recomendables y necesarios, que permita al trabajador actuar en contacto directo con una sustancia o medio hostil, sin deterioro para su integridad física.
5.7 Trabajo en Régimen de Subcontratación
Es trabajo en régimen de subcontratación, aquél realizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, cuando éste, en razón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena, denominada la Empresa Principal en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas.
5.8 Empresa Principal
Dueña de la obra, empresa o faena, denominada la Empresa Principal en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas.
- Marco legal
Este Reglamento se basa en los siguientes cuerpos legales:
1. Código del Trabajo.
2. Ley Nº 16.744, Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
3. Ley Nº 20.123 de 2006, Regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.
4. Decreto Supremo N° 76 de 2007, que aprueba el reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 de 1968.
5. Decreto Supremo Nº 54, de 1969, Regula la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de
Higiene y Seguridad.
6. Decreto Supremo Nº 40, de 1969, Sobre Prevención de Riesgos Profesionales.
7. Decreto Supremo Nº 101, de 198 Aprueba reglamento para la aplicación de la Ley N° 16.744/1968.
8. Decreto Supremo N° 594, de 1999, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales mínimas en los lugares de trabajo.
- Responsabilidades de la empresa contratista
7.1 Toda empresa Contratista que tenga un contrato con el manzanal, deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, así como también las establecidas en la Ley Nº 16.744 (Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales), sus Reglamentos y Decretos complementarios.
7.2 Las Empresas Contratistas son responsables del control de los Riesgos asociados a todas las obras y/o servicios que ejecuten en “El manzanal.
7.3 Debe velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y procedimientos de “El manzanal”, para mantener un estándar de seguridad, además de promover actitudes y prácticas de Seguridad en el personal a su cargo.
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