Contrato Colectivo Y Contrato Ley
Enviado por fer_73r • 23 de Octubre de 2013 • 1.829 Palabras (8 Páginas) • 707 Visitas
CONTRATOS LABORALES EN
DERECHO DEL TRABAJO
Licenciatura en Derecho
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Sesión No. 7
Nombre: contrato ley
Contextualización
El Contrato Ley surge con la necesidad de dotar de seguridad jurídica a las relaciones entre los trabajadores con el Estado, los contratos ley traen consigo características fundamentales para diferenciarse del contrato colectivo.
El contrato ley es analizado por la mayoría de los autores, como fruto de la necesidad jurídica de los contratos que se celebran entre los trabajadores y el Estado, la ley fija todas las pautas necesarias, el Estado genera garantías y otorga seguridad; al suscribirlo se somete plenamente al régimen jurídico previsto en el contrato y a las disposiciones legales de la Ley Federal del Trabajo.
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Introducción al Tema
En diversas ocasiones se ha escuchado la crítica de que el contrato-ley no tiene que limitarse a la industria, siendo así que nada impide que se extienda al comercio. La objeción es correcta; por fortuna, no está prohibida su extensión, por lo que podrían los sindicatos del comercio solicitar la convocatoria a una convención que discuta los contenidos de un contrato-ley.
Según la ley Federal del trabajo, el contrato ley debe contener (Diario Oficial de la Federación, 1970):
Los nombres y los domicilios de los sindicatos de trabajadores y de los patrones que concurrieron a la convención.
La entidad o entidades federativas, la zona o zonas que abarque o la expresión de regir en todo el territorio nacional.
Su duración, que no podrá exceder de dos años.
Las condiciones de trabajo.
Las reglas conforme a las cuales se formularán los planes y programas para la implantación de la capacitación y el adiestramiento en la rama de la industria de la que se trate.
Las demás estipulaciones que convengan las partes.
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Explicación
Contrato ley
Concepto de contrato ley
La Ley Federal del Trabajo en su artículo 404 define al Contrato Ley “como el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe presentarse el trabajo en una rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias entidades federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas entidades, o en todo el territorio nacional” (Diario Oficial de la Federación, 1970).
Los contratos ley pueden ser celebrados para industrias de jurisdicción federal o local, a solicitud de los sindicatos representados por las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados.
La definición comprende los elementos siguientes:
a) Los autores de la convención.
b) Los radios de vigencia, de un lado, la rama de la industria para la que se crea la convención y del otro, su extensión territorial.
c) El objeto, que es la determinación de las condiciones de prestación de los servicios.
Diferencias entre contrato colectivo y contrato ley
Fernández Arras (s/a) sintetiza las diferencias entre estos contratos:
1. El contrato ley es un contrato de industria y el contrato colectivo es un contrato de empresa.
2. El contrato ley se solicita ante la Secretaría del Trabajo Previsión Social y el contrato colectivo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (emplazamiento a huelga).
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3. El contrato ley debe otorgarse por varios patrones y el contrato colectivo debe ser firmado por uno solo.
4. El contrato Ley es revisable 90 días antes de su vencimiento y el contrato colectivo 60 días antes.
5. El contrato ley no puede exceder de dos años y el contrato colectivo puede celebrarse por tiempo indefinido.
6. El contrato colectivo es de empresa o establecimiento y es por eso que sólo puede ser para una o varias empresas. Y el contrato ley por su aplicación puede ser nacional o por ramas de la industria.
7. El contrato colectivo no se solicita ante la Junta de Conciliación y Arbitraje sino ante el patrón, lo que se plantea ante la Junta es el emplazamiento a huelga como instrumento de presión.
8. El contrato colectivo nace desde que se produce el acuerdo entre las partes, para su validez debe otorgarse por escrito y su eficacia dependerá del depósito ante la Junta de Conciliación y Arbitraje y en el Contrato Ley no es suficiente la voluntad de la convención para que nazca, sino también de una declaración de autoridad a cargo del Presidente de la República o del Gobernador del Estado a que corresponda.
Nacimiento, duración, revisión modificación y terminación
El contrato ley favorece a las grandes empresas, esto ocurre porque entre más trabajadores se tenga se puede lograr más fácil un voto mayoritario.
Para lograr resolver el problema del contrato-ley de la convención obrero-patronal, la ley de 1970 en el artículo 412, inciso 3, establece la prevención en cuanto a que la asamblea debe fijar el término de duración, el cual no debe exceder de dos años, lo cual tiene como amparo que es el término establecido para la obligatoriedad de la revisión legal.
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Cuando nos referimos al contrato ley, hacemos referencia a la norma ordenadora de las relaciones laborales de todas las empresas ya sean presentes o futuras, por lo tanto invariablemente es por tiempo determinado, aunque pudiera presentarse en un tiempo indeterminado, la posibilidad de su revisión volvería a hacerla un convenio de dos años.
Contratos ley existentes en México
Como ya se ha mencionado los contratos colectivos son el antecesor de los contratos ley, los cuales tienen la misión de establecer las normas en que los trabajadores y patrones deben operar. Hoy en día podemos decir que los contratos ley están en decadencia, pues desde 1930 a la fecha han desaparecido varios contratos ley, como los de los cementos y las industrias gaseosas; aún que también hay que reconocer a los que se han consolidado actualmente.
Contrato ley de la industria textil
Uno de los contratos ley, que hoy en día se encuentran
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