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ENSAYO DERECHO ADMINISTRATIVO II "La Contratación Administrativa"


Enviado por   •  14 de Abril de 2015  •  2.076 Palabras (9 Páginas)  •  596 Visitas

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ENSAYO DERECHO ADMINISTRATIVO II

“La contratación administrativa”

Introducción

El Estado conforme pasan los años se esfuerza por buscar la eficacia, eficiencia y economía en la gestión pública, especialmente en el campo de las compras y adquisiciones de los bienes y servicios por parte de los diferentes entes públicos que componen todo el engranaje institucional.

Sin embargo a pesar de las múltiples mejoras, pareciera que los mecanismos no producen los progresos sustanciales esperados. En ocasiones los bienes y servicios resultan más onerosos y de menor calidad que los que puede adquirir cualquier ciudadano común y corriente en el mercado nacional.

En contextos de una economía normal, estable y peor aún en tiempos de crisis, queda demostrado que el Estado, no está y menos cumple con los requerimientos y necesidades que exige la sociedad y esto queda ratificado a través de la misma percepción del ciudadano, que es bastante pesimista con respecto a las actuaciones y administración de las mismas instituciones, aunado con temas muy sonados sobre corrupción.

Lógicamente que a pesar de lo mencionado en el párrafo anterior, nosotros los ciudadanos por ser habitantes de un estado de derecho, tenemos la obligación de respectar el modelo teórico y todo el ordenamiento jurídico que regula esta materia.

Concepto

La contratación administrativa en C.R., es aquella actividad del Estado que regula la adquisición y venta de bienes y servicios, y que interesa celebrar a las administraciones públicas.

Su objetivo es regular y ordenar las relaciones entre las instituciones del Estado y las personas (físicas y jurídicas) que participen en esos procesos, pretendiendo lograr las mejores condiciones técnicas y económicas para la Administración Pública e igual garantizar la igualdad de oportunidad para las personas interesadas en contratar con esta.

La contratación administrativa estará sujeta al ordenamiento jurídico vigente, por lo que el estado podrá adquirir y vender solo aquellos bienes y servicios que autoricen las normas, de modo que se garantice el fin público que se persigue.

Desarrollo

La contratación administrativa en nuestro país la podemos enmarcar en el tiempo en tres etapas, especialmente para facilitar su estudio y compresión, así:

1er etapa: Antes de la constitución Política de 1949. Situaciones que vivió el país en materia de contratación, mencionada y explicada por nuestro profesor en las lecciones.

Evidentemente en aquellos años, el tema de la contratación administrativa era desconocido, de ahí que no existiera normativa especial que lo tratara, salvo, claro está, la forma incipiente en que lo abordaba la Ley General de la Administración Pública del año 1978, que daba contenidos generales y no tan específicos en este campo. Que precisamente por ser general no resolvía los problemas que generaba la dicotomía de los derechos Público y Privado que se presentaban cuando el Estado contrataba bienes y servicios.

A principios de los años 90 con la participación del CONARE (Concejo Nacional de Rectores), dado a las trabas que existían en materia de contratación por parte de las universidades del estado; presionó y se promulgó la Ley 7169, conocida como “Ley para del desarrollo científico y tecnológico”, dictada en 1978. Que vino a dar solución en parte a las gestiones realizadas por los rectores de las universidades públicas en materia de contratación.

Otro esfuerzo realizado para mejorar esta materia, fue la creación de un reglamento a la Ley de Administración Financiera. Que aunque distaba un tanto del campo específico de contratación administrativa, en alguna medida resulto ser un remedio incompleto e imperfecto.

Estos esfuerzos realizados para normar la materia de la contratación administrativa no tocaba temas como: el reajuste de precios en los contratos de obra, las regulaciones en los casos de apelación o readjudicación, la forma de notificación usando medios electrónicos, la adquisición de mejoras tecnológicas como ofertas alternativas y otras tantas; se encontraban dispersas dentro de toda la normativa existente hasta ese momento.

2da etapa: desde la publicación de la Constitución Política de 1949 hasta el año 1996 en que se dicta una ley específica que viene a regular la materia de Ley de contratación administrativa y su reglamento, Ley 7494 y su reglamento que entró en vigencia en el 2007.

O sea, no es sino hasta 1995, con la promulgación de la Ley 7494, que se norma de manera específica esta materia que ha sido imprescindible en la mejora de los procesos de adquisición de las instituciones públicas y en la consecuente protección del interés público que llevan implícitos esos procesos.

3era etapa: desde el momento en que empieza a regir la Ley 7494 hasta nuestros días.

Si bien esta Ley 7494 ha estado sujeta a diversas modificaciones, entre las que podemos citar, como las más importantes:

• Reajuste de precios en los contratos de obra,

• Regulaciones en los casos de apelación o readjudicación,

• La forma de notificación usando medios electrónicos,

• La adquisición de mejoras tecnológicas como ofertas alternativas

• y otras tantas.

No deja de constituirse en uno de los instrumentos jurídicos más importantes de que dispone la Administración Pública para participar en condiciones favorables en el engranaje comercial de los bienes y servicios.

Constitución Política en la Ley 7494

Los tres artículos constitucionales siguientes dan un panorama poco claro sobre el procedimiento de contratación, debiéndose recurrir a la Ley 7497 de Contratación Administrativa para ampliar detalles sobre el alcance, procedimientos y limitaciones.

1.-) El título decimotercero, de la Carta Magna Costarricense establece las normas que rigen el erario público, entre ellas el artículo 176 establece:

"El presupuesto ordinario de la República comprende todos los ingresos probables y todos los gastos autorizados de la Administración Pública, durante el año económico...”

2.-) Por su parte el artículo 180 del mismo corpus, establece:

"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado,...”

3.-) La Constitución Política de Costa Rica, en su artículo 182 establece:

"Los contratos para la ejecución de obras públicas que celebren los Poderes del Estado, las municipalidades y las instituciones autónomas, las compras que hagan con

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