PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN MATERIA CIVIL
Enviado por Hector32 • 12 de Marzo de 2013 • 23.112 Palabras (93 Páginas) • 822 Visitas
Procedimiento ordinario en materia civil
1. Introducción
El Procedimiento Ordinario es el procedimiento tipo o general, aplicable a todas las controversias que no tengan expresamente pautado un procedimiento especial y al mismo tiempo, las reglas del procedimiento ordinario son de aplicación supletoria o subsidiaria al trámite de los procedimientos especiales en tanto no se opongan a sus reglas específicas.
El procedimiento ordinario comienza por demanda, que se propondrá por escrito en cualquier día y hora ante el Secretario del Tribunal o ante el Juez.
En materia civil el Juez no puede iniciar el proceso sino previa demanda de parte, pero puede proceder de oficio cuando la ley lo autorice, o cuando en resguardo del orden público o de las buenas costumbres, sea necesario dictar alguna providencia legal aunque no la soliciten las partes.
La Casación tiene establecido que lo que da lugar al nacimiento del proceso es la presentación del libelo de demanda por los actores o sus apoderados, sin que importe al caso que tenga una fecha anterior a su introducción, porque es la presentación la que le da autenticidad y fecha cierta al libelo de demanda.
La Demanda es el acto procesal de la parte actora mediante el cual ésta ejercita la acción, dirigida al juez para la tutela del interés colectivo en la composición de la litis y hace valer la pretensión, dirigida a la contraparte pidiendo la satisfacción de la misma
se va a proceder a analizar un libelo de demanda para constatar que cumple con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil y saber si se pueden oponer algunas cuestiones previas.
2. Desarrollo
El señor Carlos Julio Rodríguez Díaz propietario de un inmueble ubicado en San Agustín del Sur, decide venderlo y celebra un Contrato de Opción de Compra-Venta con los señores Porfirio Núñez Pichardo y Cecilia Espinal Guzmán. Éstos acuerdan entregarle una parte del dinero la cual queda como garantía en caso de incumplimiento y la otra parte cuando se protocolice el documento final. Estos ciudadanos entregan la cantidad inicial de reserva y con posterioridad no entregan la cantidad restante, por lo que el señor Carlos Julio Rodríguez ante el incumplimiento decide que quiere resolver el contrato y acude a la abogada Mireya J. Ortega G, para que actúe como su apoderada, otorgándole un poder para que demande la resolución del contrato y además se le indemnice con lo dado en garantía por los compradores en la Opción de Compra-Venta.
La abogada Mireya J. Ortega G, al redactar el libelo de demanda debe tener en cuenta los requisitos que el legislador ha establecido en el Código de Procedimiento Civil, los cuales son los siguientes.
Artículo 340: El libelo de la demanda deberá expresar:
1º La indicación del Tribunal ante el cual se propone la demanda.
Este ordinal se encuentra en la demanda donde dice: "Ciudadano Juez Distribuidor de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas".
2º El nombre, apellido y domicilio del demandante y del demandado y el carácter que tiene.
Este ordinal se encuentra en la demanda donde dice:
El Demandante: "Carlos Julio Rodríguez Díaz, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio".
Los Demandados: "Ciudadanos Porfirio Núñez Pichardo y Cecilia Espinal Guzmán, mayores de edad de este domicilio, antes identificados, en su condición de compradores del inmueble...".
3º Si el demandante o el demandado fuere una persona jurídica, la demanda deberá contener la denominación o razón social y los datos relativos a su creación o registro.
Este requisito falta porque ninguna de las partes es una persona jurídica.
4º El objeto de la pretensión, el cual deberá determinarse con precisión, indicando su situación y linderos, si fuere inmueble; las marcas, colores o distintivos, si fuere semoviente; los signos, señales y particularidades que puedan determinar su identidad, si fuere mueble; y los datos, títulos y explicaciones necesarios si se tratare de derechos u objetos incorporales.
Este ordinal se encuentra en la demanda donde dice: "Un apartamento ubicado en el Conjunto Residencial Hornos de Cal, Piso 6, Torre C, Apto 6-2-C, San Agustín del Sur, Municipio Libertador del Distrito Federal, que es propiedad del demandante, según consta de documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, el día 05 de Diciembre de 1.997, quedando anotado bajo el No. 25, Tomo 36, Protocolo 1º,..."
5º La relación de los hechos y los fundamentos de derecho en que se base la pretensión, con las pertinentes conclusiones. Este ordinal se encuentra en la demanda donde dice: La relación de los Hechos: "En la Parte Primera De los Hechos". En donde se hace una narrativa de lo acontecido, ya que se celebró un Contrato de Opción de Compra-Venta del inmueble precitado por un valor de quince millones de bolívares (Bs. 15.000.000,00)y se acordó que iban a pagar seis millones quinientos setenta y dos mil bolívares (Bs. 6.572.000,00) adelante en calidad de reserva para garantizar el cumplimiento y el remanente, es decir, los ocho millones cuatrocientos veintiocho mil bolívares (Bs. 8.428.000,00) restantes cuando se protocolizara el documento definitivo.
Los Fundamentos de Derecho: "En la Parte Segunda Del Derecho", en donde se subsumen los hechos narrados en el Derecho, que tutela el derecho que se pide, en este caso se fundamenta en los artículos 1159, 1160 y 1167 del Código Civil que contemplan la resolución del contrato en caso de incumplimiento de alguna de las partes.
6º Los instrumentos en que se fundamente la pretensión, esto es, aquellos de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido, los cuales deberán producirse con el libelo.
Este ordinal se encuentra en la demanda donde dice: "Mi representado suscribió un Contrato de Opción de Compra-Venta... el cual fue debidamente autenticado ante la Notaría Pública Vigésima Tercera del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha nueve (09) de Diciembre de 1.997, anotado bajo el No. 59, Tomo 245 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, que anexo al presente libelo signado con la letra "B". Ya que el derecho deducido se desprende de ese Contrato de Opción de Compra-Venta.
7º Si se demandare la indemnización de daños y perjuicios, la especificación de éstos y sus causas.
Este ordinal se encuentra en la demanda donde dice: "En que el Tribunal declare que conforme al contrato de opción de compra-venta suscrito entre las partes, el monto de seis millones quinientos
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