Letra De Cambio
Enviado por anggelogomez • 20 de Septiembre de 2013 • 1.283 Palabras (6 Páginas) • 459 Visitas
LA LETRA DE CAMBIO
Concepto
Es un título de crédito q permite la circulación y la realización del crédito en forma particularmente rápida y segura. Cumple esencialmente la función económica de ser instrumento de crédito a corto plazo, tanto en el campo comercial como el financiero. Es una promesa de pago de carácter abstracto Es un título q contiene la orden de pagar o hacer pagar al beneficiario del mismo al vencimiento, una cantidad determinada de dinero en la forma establecida por la Ley
IMPORTANCIA
Es prácticamente una confesión judicial por lo cual el título tiene fuerza ejecutiva Su importancia radica en la circulación del crédito en forma rápida y segura posponiendo el pago de una suma de dinero dando al mismo tiempo al beneficiario la posibilidad de convertir el crédito en moneda mediante la transferencia del título
FUNCIÓN ECONÓMICA
Ya q es conocida como moneda de los comerciantes y en la medida en q la comercialización crece aumenta en consecuencia la importancia de este efecto mercantil
FUNCIÓN JURÍDICA
Es mucho mayor su importancia en el ámbito jurídico q en el económico ello basado en el manejo de tantos principios requeridos
PERSONAS Q INTERVIENEN
-Librado o girado Es la persona a quien se le da la orden o el encargo de hacer el pago cuando acepta la letra de cambio colocando su firma -Beneficiario o tenedor Es la persona a quien o cuya orden debe efectuarse el pago.
Librador Es aquella persona q ordena hacer el pago q libra crea expide o emite la letra de cambio.
• El Beneficiario o Tomador: es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma ordenada por el Librador. Es necesario que en la letra se indique el nombre del beneficiario o tomador; en nuestro derecho no es válida la Letra al Portador, es imprescindible expresar el nombre de una persona como beneficiaria (Art. 410, Ord. 6)
• El Fiador o Avalista: la persona que garantiza el pago de la letra.
REQUISITOS DE FONDO
Son Capacidad, consentimiento libre de vicios, .objeto y causa. Estos vicios no tienen como consecuencia la nulidad de la letra de cambio tal como ocurre con las situaciones q afectan los elementos extrínsecos o formales
REQUISITOS DE FORMA
Art 410:
1. La denominación de letra de cambio
2. La orden pura y simple de pagar una suma determinada
3. El nombre de la q debe pagar (librado)
4. Indicación de la fecha del vencimiento
5. El Lugar donde el pago debe efectuarse
6. El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago
7. La fecha y lugar donde la letra fue emitida
8. La firma de la q gira la letra (librador)
REQUISITOS FACULTATIVOS
Son aquellos requisitos referidos a la representación cambiaria q es la representación por medio de un mandato, donde el mandatario no puede excederse de sus facultades
CAPACIDAD PARA OBLIGARSE CAMBIARIAMENTE
Art 15 Las personas inhábiles para comerciar si su incapacidad no fuere notoria o si la ocultaran con actos de falsedad, quedan obligadas por sus actos mercantiles Art 483
La capacidad de una persona para obligarse por medio de la letra de cambio se determina Por la ley nacional. Si esta ley declara competente la de otro Estado, esta última es la q se aplica.
Protesto
El protesto es un acto de naturaleza formal, que sirve para demostrar de manera auténtica, que la letra de cambio fue presentada oportunamente para su aceptación o para su pago.
Se practica el protesto por medio de un funcionario que tenga fe pública (FEDATARIO PUBLICO) y se levantará contra el girado o los recomendatarios, en caso de falta de aceptación, y en caso de protesto por falta de pago, contra el girado-aceptante o sus avalista.
La sanción por la falta de protesto es la pérdida de la acción cambiaria de regreso.
EL ENDOSO
Es la forma de transmitir los documentos o títulos emitidos a la orden se le define como la manifestación escrita y firmada sobre el documento indicativo del cambio de titularidad.
NATURALEZA DEL ENDOSO
Nace en Italia, época del Medioevo en la ciudad de Florencia por medio
...