PARCIAL COMERCIAL 3
Enviado por Elias Orozco • 8 de Abril de 2020 • Examen • 1.051 Palabras (5 Páginas) • 94 Visitas
[pic 1]
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
PARCIAL. MATERIA: COMERCIAL III
INTEGRANTES:
Derly Naranjo Camacho
DOCENTE
DRA. CINDY LORENA TOLOZA GAMARRA
2020
PARCIAL. MATERIA: COMERCIAL III
DOCENTE: CINDY LORENA TOLOZA GAMARRA
NOMBRE: _____________________________________________
Se puede realizar en pareja, el plazo para él envió vence el domingo 5 de abril de 2020, a las 12 de la media noche. El límite máximo de hojas es de 5 hojas tamaño carta. Letra Arial 12 espacio sencillo. No olviden realizar la hoja de la portada y la bibliografía, las cual no cuenta dentro del límite máximo de hojas. Enviar al correo: cindytoloza@unicesar.edu.co. Las respuestas deben ser originales, si va a copiar algo textual debe citar, respuestas de parciales iguales serán calificadas con cero (0).
Isabella en virtud de un contrato de compraventa de un inmueble el 2 de enero del año 2020, suscribe (en calidad de girador) en su domicilio, en la ciudad de Valledupar, una letra de cambio a la orden de Sara, en el que se da la orden a ella misma pagar el día 20 de Abril de 2020 en la ciudad de Medellín, (domicilio de Sara), la suma de veintiocho millones de pesos en letras, sin embargo en números queda ($88.000.000), se pactaron intereses durante el plazo o corrientes al 1.5%, isabella acepta la orden y firma. En el contrato de compraventa Sara como vendedora del inmueble se comprometió a impermeabilizar el techo, y pintarlo a más tardar el 15 de abril de 2020. Isabella el 2 de febrero y el 2 de marzo de 2020 paga a Sara intereses corrientes o de plazo al 2.5% mensual por setecientos mil pesos ($700.000) en cada mes, todo esto delante de Miguel, el hermano de Sara. Sara urgida de dinero, ya que se encontraba de vacaciones en Bucaramanga, celebra el 1 de abril de 2020 un contrato de mutuo con María, en la ciudad de Bucaramanga por ochenta y ocho millones de pesos ($88.000.000) a quien le endosa y entrega en propiedad la letra de cambio, la cual había alterado en cuanto cambio el valor en letras a ochenta y ocho millones de pesos, y coloco que se pagarían intereses durante el plazo del 2.5% mensual. María el 21 de abril de 2020 dona la letra, para lo cual lo entrega en la ciudad de Bogotá al representante legal de la fundación mascotas sin voz.
En virtud de los hechos antes expuesto responda con base en las características de los títulos valores:
- Indique quien es el girador, el girado y el beneficiario, y quienes son obligados cambiarios directos y de regreso. (replique el caso en una letra y tome fotografía y anéxelas).
R/ [pic 2]
- El girador es: Isabella
- El girado es: Isabella
- El beneficiario es: la fundación mascotas sin voz.
- Obligados cambiario directo: Isabella
- Obligados cambiario de regreso: El representante de la fundación mascotas sin voz.
- ¿La letra de cambio cumple con todos sus elementos esenciales? ¿Qué pasaría si no se hubiese insertado fecha de vencimiento a la letra de cambio? Explique.
R/ Si cumple con los elementos esenciales, y lo que pasaría si no se hubiese insertado fecha de vencimiento a la letra de cambio es que el vencimiento será a la vista, según lo contemplado en el artículo 692 del código de comercio.
- ¿La fundación mascotas sin voz está legitimada para cobrar la letra? En caso negativo, que debe hacer para legitimarse. Fundamente su respuesta.
R/ Si está legitimada, ya que maría recibió el titulo valor bajo el principio de la buena fe, esta lo acepto como medio de pago por un contrato mutuo que realizo con Sofia y maría con respecto al título no vio que este mismo no tuviera ningún vicio y por la misma razón decidió ceder sus derechos a la fundación.
...