Delitos Fiscales
Enviado por garysho • 7 de Mayo de 2012 • 1.924 Palabras (8 Páginas) • 778 Visitas
I. LOS DELITOS FISCALES
A. DEFRAUDACIÓN FISCAL
El delito de defraudación fiscal lo comete “quien con uso de engaños o
aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna
contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.”1
En el delito de defraudación fiscal, la persona que lo comete tiene la intención de
conducirse con falsedad, valiéndose de maquinaciones y artificios contra el fisco
en aras de encubrir la omisión del pago total o parcial de alguna contribución, o
bien, obteniendo un beneficio indebido. Se engaña pretendiendo que las
obligaciones fiscales se cubrieron de manera correcta u ocultando que cierto
beneficio no le corresponde.
Este delito se comete necesariamente de forma dolosa, esto es, el
contribuyente, teniendo pleno conocimiento de lo que hace, utiliza los medios
necesarios para presentar hechos falsos como verdaderos o bien, para tomar
ventaja del fisco en caso de que éste se encuentre en estado de error.
Elementos del delito
Los elementos de la defraudación fiscal son los siguientes:
• Uso de Engaños.
• Aprovechamiento de errores.
PARA:
• Obtener un beneficio indebido con perjuicio del fisco.
• Omitir total o parcialmente el pago de una contribución. un beneficio indebido
El engaño del que se valga el contribuyente para la comisión del delito o
el tipo de error del que se aproveche el contribuyente, dependerá de la
contribución de que se trate, pues esto atiende a: el hecho o situación que
genera cada contribución, quién la calcula, cómo se calcula, qué
documentos se utilizan para su pago, cómo se paga, cuándo se paga.
El tipo penal establecido en el artículo 108 del CFF se refiere a toda
contribución, por lo tanto incluye a los impuestos, derechos, aportaciones
de seguridad social y contribuciones de mejoras. La omisión en
cualquiera de estos conceptos será constitutivo del delito de defraudación
fiscal.
Penas
Si se conoce el monto de lo defraudado, se establecen tres tipos de
sanciones dependiendo de la cantidad defraudada. Las penas van de tres
meses a nueve años de prisión.
Si se tiene la certeza de que se omitieron ciertas contribuciones, pero no
se tienen elementos para determinar su monto, la pena será de tres
meses a seis años de prisión.
La regla consiste en sumar todas las contribuciones omitidas en un
ejercicio fiscal. Así, si se omitieron distintas contribuciones, todas estas se
acumularán para determinar la pena.
Calificativas
La legislación establece que la pena por el delito de defraudación fiscal se
incrementará en una mitad cuando el delito se origine bajo ciertas
circunstancias, las cuales se enlistan a continuación:
• Usar documentos falsos.
• Utilizar datos falsos para acreditar o disminuir contribuciones.
• Manifestar datos falsos para obtener la devolución o compensación de
contribuciones que no le corresponden.
• Omitir la expedición de comprobantes por las actividades que se realicen.
• Omitir contribuciones retenidas o recaudadas.
• No llevar registros contables o asentar datos falsos en ellos.
Conductas equiparables
Hay una serie de conductas que se consideran equiparables al delito de
defraudación fiscal y que se sancionan con las mismas penas que éste. Tales
conductas están previstas en el artículo 109 del CFF y son:
I. Consignar en las declaraciones fiscales: deducciones falsas o ingresos
acumulables menores a los realmente obtenidos o determinados
conforme a las leyes.
II. Omitir enterar a las autoridades fiscales, dentro del plazo que la ley
establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere
retenido o recaudado.
III. Beneficiarse sin derecho, de un subsidio o estímulo fiscal.
IV. Simular uno o más actos o contratos obteniendo un beneficio indebido
con perjuicio del fisco federal.
V. Omitir presentar, por más de doce meses, la declaración de un ejercicio
que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución
correspondiente.
Defraudación fiscal equiparada, cuando se trata de una persona moral3
Para que se configure este delito, basta que materialmente en las
declaraciones fiscales presentadas se consignen deducciones falsas o
ingresos menores a los realmente percibidos. Por tanto, para el caso de
declaraciones presentadas a nombre y por cuenta de personas morales,
comete el delito de defraudación fiscal equiparada quien despliegue la
conducta señalada, independientemente de que tenga o no algún poder o
facultad por parte de la empresa.
Omitir contribuciones retenidas o recaudadas
Se considera como delito equiparado a la defraudación fiscal y se sanciona con
las mismas penas, a quien omita enterar a las autoridades fiscales, dentro del
plazo que la ley establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones
hubiere retenido o recaudado. En relación con este ilícito deben considerarse los
siguientes aspectos:
La persona que retenga o recaude debe estar obligado por alguna norma
a realizar tales actividades.
Debe acreditarse que la persona efectivamente retuvo o recaudó
determinadas cantidades por concepto de contribuciones.
El no recaudar o retener contribuciones no es constitutivo de delito, a
pesar de que se tenga la obligación de hacerlo y que se sea responsable
solidario por tales cantidades ante el fisco.
La conducta delictiva consiste en una omisión: no enterar al fisco las
cantidades recaudadas o retenidas en los plazos que establezca la
legislación.
Por lo anterior, el retenedor o recaudador debe observar en términos de la
ley, cómo y cuándo debe enterar las contribuciones al fisco.
El delito se comete en el momento en que transcurre el plazo para enterar
las contribuciones, sin que se efectúe dicho entero. No es necesario que
se realice algún otro acto.
Por esta razón no hay lugar a la
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