Estrategia fiscal.
Enviado por pruebaparahoy • 9 de Marzo de 2016 • Síntesis • 1.384 Palabras (6 Páginas) • 229 Visitas
- En caso de que existan, indica todos los vicios que cometió la autoridad fiscal durante la visita domiciliaria, precisando el fundamento legal de tu respuesta.
Según el artículo 96 el empleado de la SAT que realizo la visita y levanto el acta cometió incumplimiento de deberes porque no firmó el acta y tampoco lo hizo el contribuyente, el acta esta tachada con liquid paper y esto hace que la veracidad de la misma sea dudosa; además, el valor de las tasas impositivas que se le están imponiendo deberían ser de 33% que es la vigente al momento de hacerle la determinación del crédito fiscal y no una diferente para cada año como aparece en la resolución.
- En caso de que existan indica los errores que cometió la empresa contribuyente durante la visita domiciliaria, explicando de qué manera obstaculizan o complican la estrategia de defensa.
La empresa cometió errores como:
- los sistemas de contabilidad eran precarios y no cumplían con los lineamientos exigidos por las disposiciones fiscales.
- Nunca proporciono ni exhibió la documentación y la contabilidad que legalmente se le solicitaba.
- Deposito su herencia sin declararla.
Obstaculizan la estrategia de defensa lo antes mencionado porque hacen creer que se están malversando datos cayendo a sanciones más rigurosas.
- Además del crédito fiscal, señala si la empresa visitada o el Doctor Saldaña tienen alguna otra contingencia legal con motivo de los hechos acontecidos.
Debido a que la Visita fiscal SAT llega el 12 Julio 2005 y pidió la documentación de ISR e IVA del año 2002, 2003 y 2004 de la empresa LH Inmobiliaria S.A. de C.V. y no se presentó la documentación legal solicitada.
Dejaron unas actas parciales de visita domiciliaria, las cuales están mal redactadas y también se pudo notificar que las tasas de crédito fiscal que se emitió y notifico en el año 2006 no aplican la tasa vigente de ese año. Lo cual beneficia a la empresa Inmobiliaria.
- Señala cual es el primer medio de defensa que interpondrías en contra de la resolución determinante del crédito fiscal explicando los motivos de tu decisión.
El primer medio de defensa sería la explicación y pruebas de la suma a la que asciende el capital de la empresa y el capital de la herencia del doctor Saldaña declarándolo como su patrimonio personal, demostrando con esto que se cometió un error al ingresar la herencia del doctor a la empresa sin demostrar o justificar la procedencia del dinero haciendo creer que el capital de la empresa era mucho mayor a lo declarado al SAT. Por tal motivo se puede llegar a algunos acuerdos en las sanciones a la empresa.
- Indica que acciones tomarías con relación a la obligación de la empresa de garantizar el interés fiscal y explica los motivos de tu decisión:
El interés fiscal es un acto jurídico en el cual los contribuyentes pueden asegurar el cumplimiento de alguna obligación, en este caso el pago del crédito fiscal. El propósito de estas es que el Fisco se encuentre protegido y pueda cobrar las deudas, haciendo efectivas las garantías otorgadas si el contribuyente no paga.
En este caso lo primero que debe realizar el Dr. Saldaña junto con Alejandra es intentar explicar que cometió un error al depositar la herencia personal a la cuenta de la empresa, para que tomen en cuenta realmente los ingresos de la Inmobiliaria, así bajaría el crédito fiscal que deben. Posterior deben presentar una solicitud de autorización de pagos en parcialidades, con esto podría cumplir la deuda que tiene sin ver afectada la empresa al pagar todo lo que debe.
Como garantía yo optaría por una Fianza, la cual emite alguna afianzadora autorizada para emitir este tipo de pólizas a favor de la Tesorería de la Federación, en la cual ellos se hacen responsables si el contribuyente deja de pagar el crédito fiscal que tengo.
Otras formas de garantía que podemos ofrecer al SAT son:
- Deposito de dinero.
- Carta de Crédito.
- Fianza.
- Hipoteca.
- Títulos valor o Cartera de créditos del propio contribuyente.
- Embargo en la vía Administrativa.
- Obligación Solidaria.
- Prenda.
Es importante tomar en cuenta que se tiene únicamente treinta días hábiles para ofrecer garantías posteriores a la notificación efectuada sobre la deuda, así mismo la garantía debe de cumplir con el valor del Crédito Fiscal actualizado a la fecha del otorgamiento de la garantía más los posibles recargos que se generen dentro de un año. La garantía se presentara por el interesado ante el SAT, para que califique, acepte si procede y le dé el trámite correspondiente.
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