Los derechos reales administrativos
Enviado por Rossy2016 • 13 de Enero de 2016 • Ensayo • 7.476 Palabras (30 Páginas) • 640 Visitas
Los derechos reales administrativos
Índice
Introducción…………………………………………………………………………….p.3
Dominio público………………………………………………………………………...p.4
Concepto de Derecho Real Administrativo………………………………...……….…p.8
Elementos………………………………………………………………….....………….p.9
- Derecho subjetivo…………………………………………………….…………p.9
- Derecho real……………………………………………………………………..p.9
- Que se trate de un bien de dominio público…………………………….…….p.9
Naturaleza jurídica…………………………………………………………...……...…p.10
Clasificación……………………………………….…………………………………....p.10
- Derecho de goce…………………………...……………………………...…….p.11
- Derecho de uso…………………..…………………………………...…p.11
- Derecho de disfrute…………………………………………………..…p.13
- Derecho de consumo………………………………………..………..…p.14
- Derecho de garantía……………………………………………………………p.14
- Derecho de adquisición…………………………………………………...……p.14
Elementos…………………………………………………………………………….…p.17
- Sujetos…………………………………………………………………………..p.17
- Sujeto activo…………………………………………………………....p.17
- Sujeto pasivo…………………………………………………..……….p.18
- Objeto…………………………………………………………………..………p.18
- Contenido……………………………………………………………...……….p.18
Ciclo de vida……………………………………………………………………………p.19
- Nacimiento………………………………………………………….……...…..p.19
- La ley………………………………………………………………..….p.20
- La concesión……………………………………………………...……p.20
- Autorización……………………………………………………..…….p.21
- Prescripción……………………………………………………….......p.21
- Transmisión………………………………………………………………..….p.22
- Extinción………………………………………………………………………p.23
- Modos relativos al sujeto………………………………………….....p.23
- Modos relativos al sujeto………………………………………….....p.24
Críticas a la existencia de los derechos reales administrativos…………………....p.24
Conclusión…………………………………………………………………………....p.26
Bibliografía………………………………………………………………………...…p.27
Introducción
Dentro de las relaciones de Derecho Administrativo encontramos la posibilidad de que a un sujeto particular se le reconozcan derechos reales sobre bienes de dominio público. Estos derechos son reconocidos y otorgados a los administrados por la propia Administración. Este es el caso de los llamados derechos reales administrativos. Al hablarse de bienes de dominio público, tenemos que se desplegará el régimen de prerrogativas a favor de la Administración. Existen situaciones en que un particular es titular de un derecho real que ejerce frente a la Administración, o bien al contrario, casos en que la Administración es titular de un derecho real que ejerce frente a un particular. Estas situaciones serán regidas por el Derecho Civil y por ende hablamos de derechos reales privados. La diferencia sustancial entre estas clases de derechos reales gira en torno al concepto de bienes de dominio público. Así, de acuerdo con Garrido Falla, “Hay que entender que un derecho real debe clasificarse de administrativo siempre que, cualquiera que sea la naturaliza del sujeto o el objeto, presente peculiaridades respecto a su régimen jurídico que contrasten con lo establecido por el Derecho Civil”.[1]
La existencia de los derechos reales administrativos ha generado polémica a lo largo de los años en la doctrina, concentrándose la misma sobre dos puntos: i) La incompatibilidad de los derechos reales administrativos con el principio de inalienabilidad de los bienes de dominio público; y ii) el no cumplimiento de uno de las características esenciales de los derechos reales, sea su eficacia erga omnes.
El presente desarrollo contemplará un análisis de las nociones generales, elementos y el ciclo de vida de los derechos reales administrativos, así como de las principales críticas que se han formulado en contra de su existencia. Además, se centrará en ilustrar la aplicación de los derechos reales administrativos en la legislación costarricense y su desarrollo jurisprudencial.
- Dominio Público
Previo a analizar propiamente los derechos reales administrativos, es importante dar una definición de lo que se entiende por dominio público. Este se puede definir como el “conjunto de bienes (de la naturaleza que sean) subordinado a un régimen jurídico especial de derecho público, sustraídos al comercio privado y destinado al uso de la colectividad. Se trata de un tipo de propiedad estatal regulada por este derecho.” [2]
Otra definición nos la da Alpízar Monge, al indica que “dominio público es, por lo tanto, una categoría de bienes, sean estos muebles o inmuebles, que no pertenecen en forma individual a administrados o particulares, destinados a un uso público y sometidos a un régimen jurídico especial.”[3]
...