Planificacion
Enviado por libnidemontiel • 21 de Julio de 2014 • 1.886 Palabras (8 Páginas) • 202 Visitas
RELACIÓN JURÍDICO PROCESAL
INTRODUCCIÓN
Este trabajo tiene como finalidad entender y llegar a conocer el concepto de la relación jurídica procesal, que sujetos son los que intervienen en esta relación, cuál es la importancia de la administración pública y qué papel desempeña el interesado y la representación dentro del derecho administrativo.
La relación jurídica procesal es el vínculo, surgido de la realización de un proceso, entre dos o más sujetos, uno de los cuales se denomina "sujeto activo", que será el pretensor, frente a otro, llamado "sujeto pasivo" o el sujeto obligado, regulada por una unidad en el ordenamiento jurídico. se trata de cualquier relación o situación social susceptible de ser contemplada jurídicamente relación entre seres humanos que se encuentra regulada por el derecho o que, sin estarlo, produce consecuencias jurídicas.
La Administración Pública es el contenido esencial de la actividad correspondiente al Poder Ejecutivo, y se refiere a las actividades de gestión, que el titular de la misma desempeña sobre los bienes del Estado para suministrarlos de forma inmediata y permanente, a la satisfacción de las necesidades públicas y lograr con ello el bien general; dicha atribución tiende a la realización de un servicio público, y se somete al marco jurídico especializado que norma su ejercicio y se concretiza mediante la emisión y realización del contenido de actos administrativos emitidos exprofeso.
1.- RELACION JURIDICA PROCESAL
Es la relación que surge entre los órganos jurisdiccionales y la persona que hace valer el derecho de acción para reclamar justicia. Se caracteriza porque al activarse origina otras relaciones.
Comprende las fases de: demanda, defensa y sentencia, que a su vez puede traer como consecuencia la relación de ejecución.
La relación jurídica procesal origina la relación jurídica procesal de acción, que comprende la relación surgida entre el Juez y el actor de la demanda.
Al enterarse el demandado, por parte del Tribunal, surge la llamada relación de contradicción o de defensa. En ambos casos el sujeto pasivo es el Estado y los sujetos activos, respectivamente son las partes.
2.- SUJETOS Y PARTES PROCESALES
Los Sujetos procesales. Son personas capaces legalmente para poder participar en una relación procesal de un proceso, ya sea como parte esencial o accesoria.
Es decir son sujetos procesales:
• las partes (actor y demandado),
• el juez,
• los auxiliares,
• los peritos,
• los interventores,
• los martilleros,
• los fiscales
Son sujetos de la relación jurídica procesal, el actor, el demandado y el Juez. Sus poderes con facultades que la ley les otorga para la realización del Derecho, el fin es la solución de los conflictos, su actuación se hace por medio de la jurisdicción.
Eduardo J. Couture, explica en el siguiente triángulo la relación jurídico procesal:
DE LA RELACIÓN JURÍDICO PROCESAL: surgen los derechos procesales; Por ejemplo:
DERECHOS PROCESALES: Como derecho de acción, de contradicción, de probar.
DEBERES PROCESALES: Obligación de comportarse dentro de las normas del Debido Proceso, lealtad, buena fe; de los terceros, el deber de testimonio, etc.
DEBERES DEL JUEZ: De decretar, impulsar el proceso, actuar las pruebas de oficio, de fallar o sentencia; la facultad de citar a terceros, a las partes y otros.
3.- LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Es la acción del gobierno al dictar y aplicar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las leyes y para la conservación y fomento de los intereses públicos y a resolver las reclamaciones a que dé lugar lo mandado. Es el conjunto de organismos encargados de cumplir esta función.
La administración pública, en tanto estructura orgánica, es una creación del Estado, regulada por el derecho positivo y como actividad constituye una función pública establecida por el ordenamiento jurídico nacional. Pero tanto la organización como la función o actividad reúnen, además, caracteres técnico políticos, correspondientes a otros campos de estudio no jurídicos, como los de la teoría de la organización administrativa y la ciencia política. Por lo tanto la noción de la administración pública dependerá de la disciplina o enfoques principales de estudio (el jurídico, el técnico o el político), en virtud de no existir, como ya lo hemos señalado, una ciencia general de la administración pública capaz de armonizar y fundir todos los elementos y enfoques de este complejo objeto del conocimiento.
La administración pública es la organización que tiene a su cargo la dirección y la gestión de los negocios estatales ordinarios dentro del marco de derecho, las exigencias de la técnica y –last but not least- una orientación política.
En los términos de la clásica definición de Charles- Jean Bonnin, formulada a inicios del siglo XIX, la Administración Pública es “la que tiene la gestión de los asuntos respecto a las personas, de los bienes y de las acciones del ciudadano como miembro del Estado, y de su persona, sus bienes y sus acciones como incumbiendo al orden público”.
Años después, se ha dicho, y con razón, que la administración pública es parte del Poder Ejecutivo y se ve regulada por el derecho administrativo, tanto en su estructura y organización como en su actividad o funcionamiento. Sin embargo cabe aclarar que no todo el Poder Ejecutivo es administración pública y que la inserción de esta en el ámbito del poder ejecutivo no impide que también se ubique, en menor medida, en las esferas del Poder Legislativo y del Poder Judicial, lo mismo que en los organismos constitucionales autónomos, como lo acreditan la existencia de la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros en la Cámara de Diputados, de la Secretaría General de Servicios Administrativos en el Senado, del Consejo de la Judicatura Federal en el ámbito del Poder Judicial, y de la Dirección General de Administración del organismo constitucional autónomo denominado Banco de México. En suma, no todo el Poder Ejecutivo es administración pública, ni toda la administración pública se sitúa en el área del Poder
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