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Reglas De Operacion De Procampo


Enviado por   •  21 de Marzo de 2013  •  1.138 Palabras (5 Páginas)  •  667 Visitas

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REGLAS DE OPERACIÓN DE PROCAMPO

En el ciclo primavera-verano 2001(PV 2001) se privilegió a la población de menos ingresos estableciendo la entrega anticipada a la siembra del apoyo para los productores con predios de hasta cinco hectáreas elegibles y el “redondeo” del monto del apoyo a una hectárea para los predios menores de una.

Definiciones: Además de las previstas en el artículo Segundo del Decreto por el que se regula el Programa de Apoyos Directos al Campo denominado.

Redondeo: para el cálculo del apoyo, las unidades de producción menores a una hectárea se considerarán como de una hectárea.

Beneficiario: Persona física o moral, propietaria, titular o en posesión derivada del predio, que se encuentre en legal explotación de superficies elegibles e inscritas en el Directorio del PROCAMPO, que reciba subsidios.

El beneficiario deberá mantenerse al corriente de sus obligaciones fiscales, en términos de la legislación aplicable.

El Expediente Único Completo debe contener documentos que acrediten: la identidad del productor y/o del propietario, su Clave Única de Registro de Población (CURP) los que carezcan de ésta, para su trámite, deberán entregar una copia fotostática de su acta de nacimiento, o una copia simple fotostática de un documento oficial donde se incluya dicha clave (credencial del ISSSTE, IMSS, Cédula de Identificación Fiscal, pasaporte, entre otros)

Monto máximo de apoyo: El monto máximo de apoyo por persona física beneficiaria, por ciclo agrícola será de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) sujeto a la disponibilidad presupuestal.

Formatos de Solicitud de Apoyo. Para los ciclos agrícolas primavera-verano y otoño-invierno que quedan vigentes, conforme al Decreto que Regula PROCAMPO.

a) Formato de Solicitud de Apoyo-Nómina PROCAMPO (SN). Este formato continúa vigente en tanto los productores no modifiquen la información proporcionada y queda como antecedente documental para el procesamiento de los apoyos de los ciclos agrícolas subsecuentes.

b) Formato de Solicitud de Apoyo Única de Reinscripción (SU). Este formato no tiene vigencia para los ciclos agrícolas subsecuentes.

c) Formato de Solicitud de Apoyo Continua PROCAMPO (FORSAC).

d) Formato UNICO de Solicitud de Apoyo de Reinscripción Continua (SU-FORSAC).

e) Formato de Solicitud de Modificación a la Base de Datos (SBD). Este formato se modifica en términos del nuevo Anexo B, el cual permitirá registrar toda modificación en las características de los predios.

f) Formato Universal de Solicitud de Apoyo (FUSA).- Formato (Anexo A), mediante el cual los productores soliciten el apoyo del PROCAMPO.

El FUSA también se emite en sustitución de los formatos SN, FORSAC y SU-FORSAC, cuando el productor y/o la superficie elegible a apoyar en el ciclo agrícola inmediato siguiente, sea diferente al del ciclo agrícola homólogo anterior.

Solicitud Continua. Formato mediante el cual la persona física o moral que resultó beneficiaria de ejercicios fiscales anteriores, solicita se le tenga por presentados: la solicitud, la información y la documentación a que se refiere el artículo Quinto del Decreto que regula al PROCAMPO.

Posesión Derivada: considera a los productores que no son propietarios o titulares de los derechos de los predios registrados en el Directorio del PROCAMPO y que cuentan con el documento que acredita su calidad de usufructuarios, arrendatarios, depositarios, u otro título análogo en términos del artículo 791 del Código Civil Federal.

Productor Propietario: titulares de los derechos sobre la superficie elegible que explotan en su calidad de pequeños propietarios, ejidatarios, comuneros o colonos.

Superficie máxima por apoyar: Ningún predio, propiedad de persona física o moral que solicite el

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