Reglas De Operacion
Enviado por zirtaebanairda • 23 de Octubre de 2013 • 4.680 Palabras (19 Páginas) • 423 Visitas
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 años y más en Zonas Rurales, para el Ejercicio Fiscal 2008.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Desarrollo Social.
BEATRIZ ZAVALA PENICHE, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.
Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 Años y más en Zonas Rurales, se destinarán, en las entidades federativas en términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.
Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Que esta Secretaría recibió el oficio de fecha 14 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 Años y más en Zonas Rurales; asimismo, recibió con fecha 19 de diciembre de 2007, el oficio de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA
DE ATENCION A LOS ADULTOS MAYORES DE 70 AÑOS Y MAS EN ZONAS RURALES,
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008
Unico: Se modifican las Reglas de Operación del Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 Años y más en Zonas Rurales, para el ejercicio fiscal 2008.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, el Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 años y más en Zonas Rurales, atenderá a Adultos Mayores de 70 años y más que vivan en localidades de hasta 10 mil habitantes y, de existir recursos excedentes, se atenderán localidades de hasta 20 mil habitantes.
Tercero.- Las presentes Reglas de Operación se publican en su totalidad para mayor entendimiento.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil siete.- La Secretaria de Desarrollo Social, Beatríz Zavala Peniche.- Rúbrica.
Reglas de Operación del Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 años y más en Zonas Rurales,
para el ejercicio fiscal 2008
1. Introducción
Nuestro país está inmerso en un cambio demográfico sin precedentes. Uno de los retos que se derivan de esta transición demográfica es el rápido crecimiento de la población en edades avanzadas. Debido al aumento de la esperanza de vida, el grupo total de 70 años y más pasará de 3.7 millones en 2007 a 4.4 millones en el año 2012, con un crecimiento promedio de 3.1% anual. De esta manera, paulatinamente en el país habrá más ancianos: en el año 2050 vivirán 85 Adultos Mayores de 70 años por cada 100 menores de 15 años.
Este grupo se encuentra en condiciones de pobreza y marginación, y padece de manera particular por los rezagos sociales de sus comunidades, encontrándose en la etapa de vida en que la posibilidad de contar con una fuente de ingresos es muy baja, situación que obliga a modificar sustancialmente las políticas públicas orientadas a su atención para favorecer su integración a la vida familiar y comunitaria, propiciar su incorporación a actividades ocupacionales y fomentar en ellos una cultura de la salud, mediante acciones de promoción y participación social y el otorgamiento de un apoyo económico.
Las condiciones de pobreza y marginación que imperan en las localidades de hasta 20 mil habitantes se manifiestan de manera aguda en los Adultos Mayores de 70 años, quienes, además de padecer de manera particular por los rezagos sociales de sus comunidades, se encuentran en una etapa de su vida en que la posibilidad de contar con una fuente de ingresos es todavía más reducida, ya que sólo el 30.0% de ellos se encuentra ocupado y únicamente el 9.0% recibe remuneración salarial directa.
Actualmente, esta población es depositaria de rezagos socioeconómicos que los sitúa en desventaja con respecto de otros grupos,
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