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TRABAJO ACADEMICO “DERECHO LABORAL COLECTIVO”


Enviado por   •  17 de Diciembre de 2018  •  Tutorial  •  7.211 Palabras (29 Páginas)  •  149 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

TRABAJO ACADÉMICO DEL CURSO DE

 DERECHO LABORAL II- COLECTIVO

  • ESTUDIANTE:  JORGE JESUS VILCHEZ VILLAVICENCIO

     .   CODIGO:              2010201452[pic 3]

 

                 DOCENTE:           TEOFILA TORIBIA DIAZ AROCO

.   CICLO        :          IX

2016[pic 4]

TRABAJO ACADEMICO

“DERECHO LABORAL COLECTIVO”

PRIMERA PREGUNTA.

DEMUESTRE LA RELACION ENTRE LA NATURALEZA Y FINALIDAD DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.

  1. A través de una esquema de contenidos
  2. A través de un caso concreto.[pic 5]

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* El Derecho Colectivo del Trabajo está conformado por las normas jurídicas que regulan el funcionamiento de las organizaciones sindicales, el desarrollo de la negociación colectiva y el  ejercicio del derecho de huelga.

* Se cataloga de Derecho Público porque constituye un derecho de los trabajadores y de los empresarios frente al Estado y un derecho de los asalariados como grupo o clase, ante los patrones.

* Su naturaleza jurídica también se encuentra dentro del Derecho Privado y en otras dentro del Derecho Público, es decir de carácter mixto.

* Esa dualidad mixta, porque garantiza la libertad de los trabajadores frente al capital en el proceso de producción con un límite que es el derecho del capital y a percibir una utilidad equitativa.

* Es Privado por la facultad de los trabajadores y de los patronos y para organizarse e intervenir como grupos, en la solución de los problemas económicos derivados de los contratos del trabajo.

*Ha alcanzado la más alta jerarquía jurídica de ser reconocida por el Art. 28 de la  constitución política de 1993.

[pic 7]

* Tiene por finalidad la prestación de un servicio subordinado de carácter colectivo o grupal.

* Defiende los grandes intereses de  los trabajadores y empresarios, constituyendo uno de los medios colectivos más eficaces parapara servir los intereses que representan cada uno de ellas.

* Regulan la relación colectiva de trabajo entre la empresa y la organización sindical dentro de los límites establecidos por el Estado, mientras están en vigor las convenciones colectivas de condiciones de trabajos.

* Participan activamente en la planificación productora, negociando pactos colectivos conjuntamente con la empresa.

* Resolver los conflictos laborales que puedan plantearse entre asociaciones profesionales, de trabajadores y de patronos o grupos empresariales.

* Regulan las asociaciones de trabajadores y de empresarios por encima del nivel de las empresas.

 

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  • La representación de los trabajadores y empresarios de una determinada empresa, a través de una Convención Colectiva llegan a un acuerdo con fuerza vinculante para ambas partes, regulando la remuneraciones, condiciones de trabajo y productividad, y cualquiera otra concerniente entre trabajadores y empleadores y para ello han tenido una negociación a través de sus representantes.

           SEGUNDA PREGUNTA.

DEMUESTRE EN RELACION A LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO.

1.- SU ESTRUCTURA A TRAVES DE UN ESQUEMA DE CONTENIDOS.

2.- A TRAVES DE UN CASO CONCRETO EN CADA CASO, UNA FUNCION DE CADA ORGANO.

3.-LA APLICACIÓN DE LOS CONVENIOS RATIFICADOS POR EL PERU A TRAVES DE UN FALLO JURISPRUDENCIAL. PRECISE SU POSICION

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  1. EL CONSEJO DE ADMINISTRACION
  1. LA CONFERENCIA
  1. LA OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO

  • Es el Órgano directivo que algunos califican de gabinete o ministerio.
  • Constituye el Órgano legislativo de la OIT.
  • Constituye el Órgano Ejecutivo de la OIG.
  • Se compone de delegado gubernamental, obrero y patronal.
  • la integran las delegaciones de los países miembros.
  • Es el eje de todas actividades de la organización.
  • Deliberan cuatro veces por año. Se componen de 48 miembros, 24 representan a los gobiernos, 12 al sector patronal y otros 12 de los trabajadores. Los integrantes se renuevan cada tres años.
  • Cada representación nacional está compuesta por dos delegados gubernamentales, uno patronal y otro de los trabajadores, los primeros de nombramiento libre por cada Estado y los otros designados de acuerdo con las organizaciones profesionales más Representativas de cada sector, siempre que existen en el país de que se trate.
  • Celebra tres periodos de sesiones al año en Ginebra llamadas “reuniones” y al igual que la Conferencia es carácter tripartito.
  • El Consejo se encuentran situado entre la Conferencia de la cual emana, y la oficina de la cual depende.
  • Los acuerdos de la Conferencia adopta son de tres clases:
  1. Resoluciones
  2. Recomendaciones
  3. Convenios o convenciones que son proyectos de tratados internacionales que le proponen a la aprobación y ratificación de los Estados miembros para que así se conviertan en leyes nacionales obligatorias para cada país.
  • Organismo especializado competente para emprender la acción que considere apropiada de conformidad con su instrumento constitutivo básico, para el cumplimiento de los propósitos expuestos en él.
  • Su misión esencial consiste en orientar y fiscalizar la actividad de la Oficina, fijar el orden del día para las reuniones de la Conferencias (sin perjuicio de la facultad de iniciativa de esta para proponer de otras cuestiones.
  • Reviste carácter permanente.
  • Al frente de ella se encuentra el Director General y 5 Sub-Directores, mas el personal técnico, especialistas de diferentes naciones y administrativo.

2.- FUNCIONES DE CADA ORGANO (CASO CONCRETO)

CONSEJO DE ADMINISTRACION

LA CONFERENCIA

OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO

  • Su misión esencial consiste en orientar y fiscalizar la actividad de la Oficina que es un órgano ejecutivo de la OIT y constituye la secretaria permanente.

  • Observar el proceso de ratificación de los convenios por los Estados miembros.
  • Dictaminar sobre la oportunidad de revisar instrumentos de rigor.
  • Atender los informes anuales de los gobiernos sobre la aplicación de los convenios ratificados.
  • Dar oportunidad para un cambio general de opiniones acerca de los problemas mundiales del trabajo.
  • Esto es por su trascendencia a lo referente a los convenios y a las recomendaciones, sus acuerdos fundamentales y de mayor representación en el mundo del trabajo
  • Realiza todos los trabajos relativos a la preparación, a la organización y a la ejecución de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne al menos una vez al año, y a la que cada uno de los Estados  miembros de la Organización tiene derecho a enviar  cuatro delegados.
  • Esto es por su larga pertenencia a la oficina y compenetrado de sus actividades.

3.- La aplicación de los convenios ratificados por el Perú a través de un fallo jurisprudencial. Precise su posición.

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