Trabajo de Derecho Laboral TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
Enviado por Andres Malaver • 22 de Noviembre de 2016 • Trabajo • 4.665 Palabras (19 Páginas) • 494 Visitas
INTRODUCCIÒN
A través del tiempo en Venezuela las personas con discapacidad han visto han visto como vulnerado su derecho a un trabajo que les de una remuneración justa ya que las empleadores no reconocen lo tipificado en las diferentes leyes, que para dicho objeto de un trabajo para esa parte de la sociedad el estado ha propuesto, y en circunstancias especiales hasta cuando las personas con discapacidad finalmente consiguen trabajos, generalmente son empleos mal pagados, o y que tienen una posibilidad mínima de ser promovido.
La ley ampara a las personas que de una manera u otra tienen una dificultad que evita que su desempeño sea tan bien como el de una persona que no sufre de ninguna discapacidad, dándoles el derecho para conseguir un trabajo digno el cual puedan obtener el beneficio y ser independiente.
Se entiende como discapacidad como aquella condición que tiene la persona que le impide desarrollar actividades y se obtiene por una razón que puede ser, accidentes, una enfermedad entre otros.
Es muy importante destacar que en nuestro país, en el año 2012 Instituto Nacional de Estadísticas hay actualmente 1.5 millones de personas discapacitadas en Venezuela dando como resultado el amparo que le atribuye la ley para de una forma u otra ayudarlos a conseguir trabajos justos.
TIPOS DE DISCAPACIDAD
Para poder determinar a quienes protege la ley, hay que tener en claro que se denomina como discapacidad el cual tiene principalmente varios tipos, a esto se refiere a la mental, física, visual y auditiva.
En nuestra constitución no se hace una determinación de cuales son los tipos de discapacidades, solo lo generaliza en todo como lo tenemos en el el artículo 81 que encabeza como: “Toda persona con discapacidad o necesidades especiales ...”, sin determinar que es discapacidad como tal.
Por otro lado, “persona con discapacidad” fue ampliada por la Organización de Naciones Unidas, que la palabra “discapacidad” proviene de DIS de raíz griego, que quiere decir "alteración", y capacidad, que significa "aptitud para realizar algo" que basa su raíz en latín.
También enfatiza que la discapacidad puede presentarse de 3 formas como lo son temporal, periódica, o permanente. Cabe destacar que también determina que hay niveles de discapacidad como un ejemplo una persona con discapacidad visual hasta una persona ciega totalmente.
Es importante señalar que la ley transmite que las empresas no podrán de alguna forma oponer algun tipo de argumento que condicione, discrimine o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad. Sus puestos de trabajo que le sean asignados no tienen que obstaculizar su acceso al trabajo no debe forzar su desempeño ni impedir el mismo.
Asimismo señala que la sociedad exige una mayor conciencia social de las empresas, la solidaridad y el empeño por la igualdad de oportunidades, excelentes cartas de presentación en el mundo empresarial actual; de allí, que sea un buen momento para hacer una reflexión sobre la importancia del trabajo en la vida adulta de las personas con alguna discapacidad o con necesidades especiales como fuente de equilibrio y calidad de vida, las personas discapacitadas que reciben la oportunidad demuestran con en cada momento un grado de excelencia en las tareas encomendadas.
Por último AVESID, dice que las personas con discapacidad están en capacidad de desempeñar labores como auxiliares administrativos, ayudantes de cocina, entre otros. En nuestro país hay más de veinte organizaciones de todo tipo que han desarrollado en sus planes el denominado empleo con apoyo.
INSPECCIÓN TRABAJO EN LAS EMPRESAS
La intervención administrativa del trabajo por parte del Estado, de las Inspectorías del Trabajo, las Unidades de Supervisión del Trabajo y de la Seguridad Social e Industrial, el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales también conocido como inpsasel, Procuradurías del Trabajo, Agencias de Empleo y Tribunales del Trabajo, para la solución judicial y extrajudicial de los conflictos, además de la función preventiva de la inspección en el trabajo.
La inspección del trabajo, se fundamenta en el Convenio 81 de la organización internacional del trabajo, también ratificado por la republica, y se constituye una pieza clave en el marco de la justicia social, pues en el mundo complejo del trabajo, desempeña la función de verificar el cumplimiento de la normativa laboral, más allá de las apariencias o el fraude. Sin embargo, actúa como mediador de las relaciones laborales en conflicto, promoviendo la información, la comprensión y el acuerdo, además de la acción coercitiva en el caso de incumplimiento de la normativa laboral.
Cabe destacar que esta Inspección a los sitios de Trabajo es desarrollada, generalmente, por las Unidades de Supervisión del Trabajo, la Seguridad Social e Industrial, suscritas a las Inspectorías del Trabajo pertenecientes al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, dispersas a lo largo y ancho de Venezuela, fortaleciendo su importancia en la capacidad que tienen estas unidades para incidir y transformar la realidad laboral de toda la nación, se tiene un extenso grupo de leyes, reglamentos, decretos y normas en materia laboral, que van en paralelo con los convenios internacionales ratificados por Venezuela, los cuales contienen las condiciones de trabajo tales como el, terminación de la relación de trabajo, contrato de trabajo, estabilidad en el trabajo, jornada de trabajo, vacaciones, horas extras, trabajo nocturno, salario, trabajo de mujeres, , entre muchos mas.
Las Unidades de Supervisión realizan la inspección de los centros de trabajo con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa laboral y brindar la asesoría necesaria a patronos y trabajadores y sus órganos de representación, para que se dé su cumplimiento, ejerciendo en este caso, una acción preventiva a la violación de la normativa y a la ocurrencia de accidentes de trabajo o la aparición de enfermedades ocupacionales.
Por último de acuerdo al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, se debe hacer inspecciones periódicas a los sitios de trabajo de las personas con discapacidad, para garantizar el derecho al trabajo de este sector de la población, que históricamente ha sido excluido del mercado laboral.
El papel de estos entes es velar por las condiciones de trabajo y el cumplimiento de los derechos socio laborales. Hay que dejar bien establecido que no hay actividades excluidas
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