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Argumentacion Como Derecho


Enviado por   •  3 de Enero de 2013  •  2.668 Palabras (11 Páginas)  •  724 Visitas

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Argumentación como Derecho

SUMARIO: I. Interpretación Aplicación y Argumentación. II. Modelos de Derecho y Argumentación. III. Los principios y su impacto en la interpretación constitucional y judicial. IV. La interpretación de los principios antinómicos V. La legitimidad democrática del juez constitucional. VI. Conclusiones

I. Interpretación, Aplicación y Argumentación

El libro habla de que en el pasado se hablaba del derecho primariamente desde la norma y de los conceptos jurídicos vinculados a ella, como la sanción la heteronomía, su carácter externo y bilateral.

La argumentación como derecho es una superación de la interpretación tradicional del derecho concentrada en métodos aclarativos que son inhábiles de dar cuenta.

Argumentación como derecho, implica que la seguridad jurídica no tiene la firmeza formal del pasado, entraña que la seguridad jurídica ya no es producto de un resultado sino de un ejercicio convincente que puede poner en tesis la legitimidad democrática de los juzgadores, sobre todo en los árbitros constitucionales que definen las disputas más importantes y que realizan el papel de legisladores negativos.

Las teorías de argumentación y la forma de pensar en los tribunales constitucionales contribuyen a preguntarnos donde habita la legitimidad democrática de los jueces constitucionales.

Hermenéutica e Interpretación

Entendí que la interpretación del derecho es una explicación capital de la ciencia y de la filosofía jurídica. La interpretación es parte de lo que se conoce en la filosofía como hermenéutica.

La hermenéutica se define por los siguientes rasgos: a) su anti positividad el derecho no son reglas dictadas por el legislador solo son prácticas sociales que se entiende desde su aplicación e interpretación.

b) precomprención la relación de un texto jurídico depende del contexto en el que se inscribe, necesitan experiencias previas de prejuicios , c) la interpretación es una actividad circular entre el texto normativo, el caso, el ordenamiento y el contexto, d) el sujeto de la interpretación está situada en una determina perspectiva; el conocimiento jurídico al mismo tiempo es comprensión y praxis.

La hermenéutica viene del contorno de scientia práctica un saber que no es de naturaleza jurídica, es el saber que analiza los fenómenos de comprensión de los objetos en un sentido más amplio.

La hermenéutica jurídica utiliza los aplicadores del derecho, la búsqueda de la solución no es una mera subsunción del caso particular a lo general sino, que determina la norma correcta en un sentido formal y material.

La relación entre el texto o formulación formativa es una relación lógica. La interpretación jurídica no solo determina el significado de los textos normativos también los hechos que se conectan con esos textos. Los textos hermenéuticos exigen un círculo hermenéutico estableciendo entre el intérprete, las formulaciones normativas y los hechos.

El discurso jurídico es un tipo del discurso práctico que tiene frente a este la posibilidad de resolver los problemas de conocimiento y cumplimiento, pero se encuentra condicionado por la estructura del derecho.

Las tareas y objetivos más importantes de las teorías de la argumentación jurídica son: establecer las posibilidades de una racionalidad práctica diferente de la teórica; determinar conjuntos y razones para el control de la interpretación.

La argumentación jurídica representa una superación de los métodos de interpretación tradicionales.

Lo fundamental es todas las teorías es la afirmación de que el razonamiento jurídico no es un proceso instintivo ni el derecho de un sistema axiomático.

II. Modelos de Derecho y Argumentación

En el capítulo dos habla de que la argumentación se puede establecer por el hecho de que existan arreglos. La globalización o el fundamentalismo religioso producen maneras diferentes de vivir el derecho de los niveles de desarrollo y el momento histórico genera comprensiones particulares del derecho el objetivo es ver como distintos modelos positivistas sobre el derecho producen visiones diferentes.

Neoconstitucionalismo que concentra teorías diferentes casi todas de corte positivista, después hace una pequeña mención a las concepciones ionaturalistas, realistas, observar la argumentación. Un pensamiento que pone en segundo plano el objetivo de la limitación del poder estatal que fue el punto de cargo de constitucionalismo y tiene como objetivo garantizar plena y extensivamente los derechos humanos unas vertientes del neo constitucionalismo se basan en el ordenamiento jurídico en la garantía de los derechos humanos.

La constitución es una norma como cualquier otra que incorpora la petición de que la realidad concuerda a lo que ella prescribe. La constitución es una norma suprema, el modelo neo constitucionalista es algo más que una superación es una visión que impacta la vivencia del derecho, el concepto de soberanía no recae solo en el estado si no en una sociedad plural y abierta. La constitución no es solo un documento normativo en el que se apoyan las autoridades si no en el centro en lo que todo debe converger, la aplicación del principio de proporcionalidad en la argumentación neo constitucionalismo abandona el esquema lógico deductivo y necesita del juez una coherencia tanto teleológica como axiológica. El implico los orígenes de manifestación de la revuelta en contra del formalismo y del positivismo jurídico, la definición jurídica derivada de este modelo dice que toda definición es un acto de voluntad, la interpretación del modelo realista condena la visión positivista-mecanicista que le confiere al juez el papel de autómata.

La norma jurídica es coercitiva, su validez es formal depende de su aprobación por órgano competente y siguiendo la forma antes establecida, la teoría pura destaca la pluralidad de consideraciones del material a interpretarse. La teoría reconoce como única tarea de la interpretación científica el señalar las posibles significaciones y el confiar a las consideraciones políticas la elección definitiva entre las igualmente posibles interpretaciones científico-jurídicas de la autoridad que implica el derecho.

La interpretación autentica o autoridad es totalmente vinculada a la estructura normativa y escalonada aunque debe señalarse que la determinación que de la norma inferior realiza norma superior nunca es completa.

La indeterminación en el derecho mas la visión de la interpretación como acto de política jurídica

III. Los

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