ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Delitos Contra El Patrimonio


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2012  •  1.989 Palabras (8 Páginas)  •  1.586 Visitas

Página 1 de 8

INDICE

Delitos contra el patrimonio.

1 Concepto de patrimonio

1.1 Delitos contra el patrimonio.

2 Robo.

2.1 Concepto de robo.

2.2 Consumación del robo.

2.3 Antecedentes del delito de robo.

2.4 El robo en el Derecho Romano.

2.5 El robo en a Edad Media.

2.6 El delito de robo en el periodo humanitario (Siglo XVIII)

2.7 El delito de robo en el Codigo Penal.

3 Abuso de confianza.

3.1 Antecedentes históricos del delito de abuso de confianza.

4 Fraude

4.1 Antecedentes históricos del fraude.

4.2 Tipos de fraude.

5 Administración fraudulenta.

6 Insolvencia fraudulenta en perjuicio de acreedores.

7 Extorsión.

7.1 Antecedentes históricos del delito de extorsión.

8 Despojo.

8.1 Antecedentes históricos del delito de despojo.

9 Daño a la propiedad.

9.1 Antecedentes históricos del delito de daño a la propiedad.

10 Conlusiones.

Delitos contra el patrimonio.

1 Concepto de patrimonio.

En Derecho Civil, el patrimonio es el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas apreciables en valor pecuniario, que constituyen una universidad jurídica y que pertenecen a una persona física o moral.

1.1 Delitos contra el patrimonio.

Según Francisco Carrara son delitos que se cometen con animo de lucro, también llamados de enriquecimiento ilícito, en los que concomitantemente a la merma patrimonial del sujeto pasivo del delito hay un beneficio patrimonial del sujeto del sujeto activo y que corresponde a todos los delitos patrimoniales, con excepción de los delitos en los que sin beneficio patrimonial del sujeto activo, este procede con anima de venganza, llamados también de simple injuria patrimonial, como el delito de daño en propiedad ajena.

2 Robo.

2.1 Concepto de robo.

Es el acto de apoderarse de forma ilícita de lo ajeno.

Comete el delito de robo el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley. Existen dos sujetos en dicho delito: Un sujeto activo, que es el que lleva a cabo el delito, y el sujeto pasivo, que es el que se ve mermado en su patrimonio.

2.2 Consumación del robo.

El delito del robo se consuma desde el momento en que el sujeto activo se apodera de una cosa ajena, sin el consentimiento de su propietario, aun cuando la abandone o lo desapoderen de ella.

2.3 Antecedentes del delito de robo.

El apoderarse de lo ajeno nace con la propiedad. El Talión estaba establecido en forma simbólica en el libro de las “Cinco Penas” de China, que contiene el Derecho primitivo del Imperio del Cielo, en el que se castigaba al ladrón, disponiendo se le amputaran las piernas, porque en chino una misma palabra significa ladrón y huir.

El Código de Manu o Manava Dharma Sastra (Siglo XI a. de J.C.) imponía la pena de muerte al que era cogido en flagrante delito con los instrumentos del robo, también a los que desvalijaban a las mujeres o a los que robaban coas sagradas. Si el robo se cometía de noche y con rompimiento de pared, se les cortaban las manos y eran empalados.

También los hebreos al igual que los griegos en Atenas, castigaban el delito del robo, pero no así los egipcios en un tiempo, ya que fue considerado dicho delito como profesión.

2.4 El robo en el Derecho Romano.

En los años 451 y 450 a. de J.C. en Roma fueron designados 10 patricios, quienes elaboraron la Ley de las XII tablas, en la que se mencionaba el robo como un delito. Y fueron asi mismo los romanos, los primeros en darle una clasificación al robo.

2.5 El robo en a Edad Media.

En la Edad Media, el Derecho canónico por influjo ético del cristianismo, dio gran valor a la intención del ladrón. Como circunstancias atenuantes se tuvieron el estado de hambre y desnudez del ladrón.

Así también fue mirado con suma severidad los casos de hurtos agravados, imponiendo como castigo a estos la amputación de la nariz, las orejas, la perdida de un trozo de carne, el estigma y la horca

Los hurtos de caballos se penaban con la muerte, las mujeres que ayudaban a cometer este delito, eran enterradas vivas, así como las encubridoras que ocultaban cosas.

Si el valor de lo hurtado era levísimo, la pena consistía en quemarle alguna cosa y romperle algún miembro.

2.6 El delito de robo en el periodo humanitario (Siglo XVIII)

Giuseppe Maggiore nos ara que en el siglo XVIII, al difundirse el Iluminismo, las penas se atenuaron, al hurto simple no se le impuso más la pena de muerte.

El Código Penal francés de 1810, llamado Código de Napoleón, divide los delitos contra el patrimonio en tres grupos: el primero constituido por el robo, el segundo incluyendo las estafas, las quiebras u otros frades, y dentro de estos el abuso de confianza, y el tercero las destrucciones o perjuicios a las cosas, definiendo en cada delito las maniobras o acciones materiales que les son constitutivas.

2.7 El delito de robo en el Codigo Penal.

El delito de robo se encuentra en el Titulo Decimo Quinto; Delitos contra el patrimonio; Capitulo I. que comprende de los artículos 220 al 226, encontrando en ellos la definición de dicho delito diciendo lo siguiente: Al que con animo de dominio y sin consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo, se apodere de una cosa mueble ajena. Así también encontramos las penas que se impondrán a este delito, los agravantes, los atenuantes y los tipos de robo que pudiesen existir.

3 Abuso de confianza.

Este delito es cometido por todo aquel que con perjuicio de alguien disponga para si o para otro de una cosa mueble ajena, de a cual se le haya transmitido la tenencia pero no el dominio.

3.1 Antecedentes históricos del delito de abuso de confianza.

Por regla general se señalan, como antecedentes de este delito tanto el Código de Manu como el Levitico, pero solo se encuentra individualidad, como delito autónomo, en la “Ley francesa de 29 de septiembre de 1791.” Con posterioridad, esta ley sufrió modificaciones, ampliando los casos tipificados, según puede comprobarse en la ley de 25 Brumario del año VIII. Las actuales legislaciones encuentran pues su verdadero antecedente histórico, en relación con el denominado abuso de confianza o apropiación indebida, en la codificación francesa.

4 Fraude

En el delito de fraude, se vera sancionado a aquel que por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, se haga ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero.

4.1 Antecedentes históricos del fraude.

Según las primeras

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (13 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com