Delitos Contra El Patrimonio
Enviado por davisin17 • 6 de Junio de 2013 • 1.079 Palabras (5 Páginas) • 651 Visitas
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO
Delitos contra el patrimonio: es el conjunto de infracciones punibles que vulneran la propiedad de las personas naturales o jurídicas.
Patrimonio: conjunto de cosas, bienes o derechos que tengan un valor económico y respecto de los cuales se da una determinada relación jurídica que comporta unos determinados derechos y obligaciones jurídicas reconocidas por el ordenamiento jurídico.
(Art. 202-209, titulo VII, capítulo I del C.P.P.P)
EL ROBO
El robo es un delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de bienes ajenos, con intención de lucrarse, empleando para ello fuerza en las
cosas o bien violencia o intimidación en la persona. Son precisamente estas dos modalidades de ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige únicamente el acto de apoderamiento.
La mayor peligrosidad del robo, por el uso de esta fuerza o intimidación, justifican que la pena sea superior a la que se establece por el hurto.
Dentro del robo hay dos modalidades distintas, una que se distingue por el empleo de la fuerza en las cosas y otra por la violencia o intimidación en las personas. El primero es aquel en el que se emplea una fuerza, una violencia para acceder al lugar donde se encuentra la cosa. En ocasiones, también se definen como robo aquellas acciones en las que, a pesar de no mediar fuerza o intimidación, existe algún otro elemento que lo distingue del mero hurto. Por ejemplo, es posible definir como robo a aquel que se produce mediante el uso de una llave falsa o ganzúa. Esta aplicación se hace por la similitud entre la utilización de una llave falsa con la fuerza que se puede emplear para romper esa barrera (la puerta) que protege del robo.
El robo con violencia o intimidación en las personas es aquel caracterizado porque se ejerce una fuerza vis física o una intimidación vis compulsiva para vencer la resistencia de dueño o poseedor de las cosas a su entrega.
-Robo con fuerza en las cosas
Para que se aprecie la existencia de robo con fuerza, debe concurrir alguna de las circunstancias siguientes en la ejecución del hecho:
* Escalamiento.
* Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
* Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
* Uso de llaves falsas: Las ganzúas u otros instrumentos análogos, las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal, cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo. Se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o perforadas, y los mandos o instrumentos de apertura a distancia. En virtud de ello, por ejemplo, se considera robo y no hurto el emplear la tarjeta de crédito o de débito de otra persona para extraer dinero a través de un cajero automático.
* Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.
Este delito se castiga con la pena de prisión de uno a tres años, salvo que concurran circunstancias que permitan estimar el robo de especial gravedad.
-Robo con violencia o intimidación
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