ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EXTINCION DE RESPONSABILIDAD PENAL


Enviado por   •  18 de Junio de 2014  •  Tesis  •  13.764 Palabras (56 Páginas)  •  313 Visitas

Página 1 de 56

Álvaro Herrera General- Rocío Nahuel González

Alumnos Magíster de Derecho Penal 2013

Mujer y Género

Extinción de la responsabilidad penal.

El Matrimonio entre Agresor y Víctima.

Profesor: Carmen Antony

Facultad de Derecho

Universidad Central de Chile

2014

TRABAJO DE MODULO MUJER Y GENERO

TEMA: EXTINCION DE RESPONSABILIDAD PENAL

CAUSAL: MATRIMONIO ENTRE AGRESOR Y VICTIMA

Marco introductorio

La violación tiene una importancia trascendental dentro del esquema jurídico mundial, siendo considerado un delito grave porque compromete una serie de tutelados que forman parte de los derechos fundamentales del ser humano.

Quienes cometen este delito son denominados «violadores sexuales». Estos agresores hacen uso de la fuerza (física o emocional) para dominar o amedrentar a sus víctimas, con el fin de satisfacer su deseo o impulso sexual. Un factor determinante para que se tipifique el delito de violación es la falta de consentimiento por parte de la víctima.

En el marco jurídico, la violación difiere de otros delitos sexuales tales como el estupro, el acoso sexual, atentado contra el pudor y la zoofilia. Las circunstancias que rodean el acto se analizaran de acuerdo a las agravantes o atenuantes que existan en cada caso. Dentro de la doctrina jurídica se considera que han existido agravantes cuando concurren ciertas circunstancias tales como la autoridad del agresor sobre la víctima (circunstancias tales como ser el tutor, patrón, empleador de la víctima).

Objetivo del trabajo:

Con este trabajo, se ha querido narrar brevemente y en términos generales la situación de la mujer en el mercado de las diferentes legislaciones que hemos podido encontrar con respecto a su sexualidad y tratamiento, hasta llegar a de entender ,pero no compartir con la “Causal de extinción de responsabilidad penal por matrimonio entre el agresor y la victima en el delito de violación” , contemplados en algunos Códigos Penales en la actualidad .

Historia

Edad Antigua

Sexualidad en la Roma antigua

Los indicios más antiguos sobre la tipificación del delito de violación se remontan al Código de Hammurabi del año 1760 A.C., que es una codificación de leyes basada en la Ley del Talión que, sin embargo de este presupuesto, sancionaba fuertemente la violación. El Código de Hammurabi no reconocía la independencia de las mujeres, diferenciando únicamente entre una mujer casada y una mujer virgen pero prometida.

Según esta clasificación si un hombre violaba a una mujer virgen, su castigo era la muerte; más si la violación era cometida en contra de una mujer casada, ésta debía compartir la pena con su agresor sin que se tomen en cuenta las circunstancias en que se cometió la violación, siendo la pena de muerte mediante el ahogamiento, pues tanto la mujer como su agresor eran arrojados a un río, del cual si el marido de la agraviada así lo deseaba podía sacarla. El Código de Hammurabi asimilaba también a la violación con el incesto, que era un delito sancionado con la expulsión del violador fuera de las murallas de la ciudad.

En la edad antigua, entre los hebreos, se han encontrado registros del delito de violación bajo la pena de muerte, delito mencionado en La Biblia en que se menciona

"Más si un hombre hallare en el campo a la joven desposada, y la forzare aquel hombre, acostándose con ella, morirá solamente el hombre que se acostó con ella; mas a la joven no le harás nada"

Si la joven no era desposada no se trataba de un delito ya que el bien a tutelar era el honor del marido de la joven atacada y no la integridad física o emocional de la víctima como es hoy en día. La pena del acceso carnal ilícito en la lapidación, pena capital muy común en los casos de los delitos graves, pena bajo la cual eran sometidos tanto el atacante como la víctima, siendo esta última considerada como irremediablemente corrompida e impura.

Sin embargo dependiendo si el atacante era casado o soltero, se podía aplicarle tanto la pena de muerte como únicamente una multa.

En el antiguo Egipto la pena que se imponía a quien hubiere agraviado sexualmente a otra persona era la pena de ser castrado, incluyéndose en la Ley de Manú la pena corporal a la víctima en el caso de que ésta fuera de distinta clase social.

La leyenda sobre el origen de Roma cuenta sobre la violación a Rea Silva por parte del dios Marte por cuyo hecho quedaría embarazada de Rómulo y Remo, quienes fueran los míticos fundadores de Roma. Posteriormente a estos hechos, la violación de Lucrecia sería el punto final de la época monárquica en Roma, dando paso a la República romana.

En la Roma imperial la violación ocupaba un lugar importante en la vida sexual, se atropellaba sin vergüenza y se consideraba que el individuo forzado obtenía placer de ello. El modelo de la sexualidad romana era la relación del amo con sus subordinados (esposa, pajes, esclavos), es decir, el sometimiento.

El placer femenino era totalmente ignorado o presupuesto. En la moral sexual la oposición era someter/ser sometido. Someter era loable, ser sometido era vergonzoso solamente si se era un varón adulto libre. Si se era mujer o esclavo era lo natural.

Durante la monarquía en Roma fue considerado un delito bajo la Lex Julia tipificándose dentro de la Ley de las XII tablas bajo el título de iniuria, el cual fue penado bajo la pena de muerte que únicamente podía ser evitado con el exilio del autor del delito y la confiscación de todos sus bienes. El bien jurídico tutelado era la castidad de la mujer, el honor de su padre si era virgen y el honor de su esposo si era casada, por ende no se puede hablar durante este período de una lesión de la libertad sexual porque las mujeres no podían decidir con quién mantener relaciones sexuales.

En Grecia el castigo era la obligación impuesta al violador con la finalidad de que éste contrajera matrimonio con su víctima, bajo pena de muerte en el caso de ser rechazado el matrimonio por la víctima, siendo obligado en el caso de ser aceptado en matrimonio a que el violador le entregara la mitad de sus bienes y posesiones a su víctima si el violador era rico y potentado.

Edad Media

En la Edad Media, la violación conjuntamente con otras clases de trasgresiones de carácter sexual fueron penadas severamente en Europa, encontrándose penadas desde el siglo XI hasta el siglo XVI como el delito de forzar o fuerza de mujer, razón por lo que los escritos medievales tratan a la violación mencionando hechos como la conoció por la fuerza. En la Edad Media, el aspecto según el cual

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (84 Kb)
Leer 55 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com