La Posesión
Enviado por Calviniano • 10 de Noviembre de 2014 • 13.094 Palabras (53 Páginas) • 188 Visitas
INDICE
INTRODUCCIÓN 2
1. NOCIONES GENERALES 3
2. DIFICULTADES DEL ESTUDIO DE LA POSESIÓN 4
2.1. EL HECHO Y SU MAGNITUD 4
2.2. PRINCIPALES CAUSAS 4
3. DESCRIPCIÓN HISTÓRICA Y DE DERECHO COMPARADO EN MATERIA DE POSESIÓN 6
3.1. DERECHO ROMANO 6
3.2. DERECHO GERMÁNICO 9
3.3. DERECHO CANÓNICO 11
3.4. CODIFICACIÓN MODERNA 11
3.5. PERSPECTIVAS 12
4. FUNDAMENTOS DE LA PROTECCIÓN POSESORIA 12
4.1. PLANTEAMIENTO 12
4.2. TEORÍAS 12
5. NATURALEZA JURÍDICA DE LA POSESIÓN 14
5.1. TEORÍAS 14
5.2. CONCLUSIONES 16
6. ELEMENTOS DE LA POSESIÓN. ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA POSESIÓN 17
6.1. CLASES DE POSESIÓN 18
6.2. PROTECCIÓN POSESORIA 19
6.2.1. INTERDICTO RETÍNENDAE POSSESSIOAIS 19
6.2.2. INTERDICTA RECUPERANDAE POSSESSIONIS 20
6.2.3. INTERDICTA ADIPISCENDAE POSSESSIONIS 21
7. LA POSESIÓN EN EL MARCO JURÍDICO BOLIVIANO 21
7.1. CÓDIGO SANTA CRUZ 21
7.2. CÓDIGO DE BANZER 28
7.3. CÓDIGO DE BANZER DE PROCEDIMIENTO CIVIL 29
8. OBJETIVOS 36
8.1. OBJETIVO GENERAL 36
8.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 36
9. PROPUESTA DE SOCIALIZACIÓN 36
CONCLUSIÓN 37
BIBLIOGRAFÍA 38
LA POSESIÓN
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo, es una investigación de tipo documental descriptivo, donde se recolecta la información sobre el tema de LA POSESIÓN, teniendo dos transversales principales el conceptual y el histórico.
Bajo esa aclaración previa, el trabajo comienza con las nociones generales de lo que en realidad se entiende en un sentido amplio el tema de la posesión y las consecuencias jurídicas que de ellas derivan dentro del marco del Derecho. Para luego pasar a las dificultades que se pueden encontrar en la compresión del tema, esto desde el hecho, su magnitud y sus principales causas.
Posteriormente, se realizará un exposición sintética del desarrollo histórico y de derecho comparado en materia de posesión, pasando por el Derecho Romano, Derecho Germánico, Derecho Canónico y las codificaciones modernas, cabe aclarar en este punto que no se tomó en cuenta al Derecho Napoleónico, ya que en materia de la posesión no hace distinción con la materia de PROPIEDAD, siendo este el motivo para no ser incluido en este acápite.
Dentro del marco doctrinal se describe los fundamentos de la protección de la posesión, es decir la protección posesoria de la cosas, utilizando en este acápite los planteamientos teóricos y desde ahí develar la naturaleza jurídica de la posesión desde las teorías jurídicas, lo cual servirá de horizonte hermenéutico (interpretación) para entrar comprender los elementos de la posesión, adquisición y pérdida de la posesión, y finalmente trabajar en las clases o tipos de posesión y la protección de los mismos, enfatizando el tema de los diversos interdictos.
En ese sentido, con toda la base expuesta anteriormente con las dos transversales definidas, describiremos el tema dentro del marco jurídico boliviano, en sus diversas etapas históricas.
El trabajo expuesto, tiene como finalidad principal en ser socializado, de forma pertinente y didáctica a la sociedad en general a través de ejemplos cotidianos en materia de la posesión, para el cual utilizaremos diferentes dispositivos didácticos. Ya que, entrar con conceptos meramente jurídicos y descontextualizados, no servirían de mucho a la sociedad en general, ya que ella exige es saber sus derechos y cómo activar los mismos en las diversas situaciones que se dan en la cotidianidad.
Finalmente, a modo de conclusión, vemos que el tema de la posesión es un hecho, presente en toda la historia y que fue evolucionando en sus concepciones y que es un tema de suma importancia en la cotidianidad dentro del relacionamiento humano en las sociedades y que está presente en la nuestra con las particularidades del caso.
1. NOCIONES GENERALES
Fundamentalmente la posesión consiste en una situación o estado de hecho de la cual derivan consecuencias jurídicas que, de ordinario, vienen a proteger en mayor o menor medida esa situación o estado de hecho. Si se emplea la palabra posesión en su sentido más amplio, puede decirse que posee aquél que de hecho actúa como titular de un derecho o atributo en el sentido de que, sea o no sea el verdadero titular, defacto, goza de las ventajas y soporta los deberes que normalmente corresponde gozar y soportar al titular del respectivo derecho o atributo. Es natural que semejante actuación cree la apariencia de que quien la realiza es el verdadero titular del derecho o atributo de que se trate. Así se comprende el aserto de que "la posesión es la imagen del derecho".
En ese amplio sentido se habla no sólo de la posesión de las cosas sino de la posesión de diversos derechos reales, de la posesión de herencia, de la posesión de estado, de la posesión de créditos, etc. Pero, aun cuando en todas esas situaciones existen elementos comunes, los mismos son bastante limitados y en cambio son muy diferentes sus consecuencias jurídicas. Por lo tanto, si se quiere elaborar una teoría general de la posesión de amplio contenido, es necesario restringir la noción de posesión. Para ello conviene tomar como punto de partida el caso más antiguo de protección posesoria, que encierra el núcleo original y fundamental del concepto: la llamada posesión de cosas, que se da cuando una persona ejerce un dominio de hecho sobre una cosa, independientemente de que sea el propietario, o de que no lo sea. Así podemos tomar como punto de partida la idea de que la posesión es un señorío o dominio de hecho en el entendido de que si se la califica como una situación o estado de hecho es para destacar que no presupone la existencia previa de un derecho del poseedor, aun cuando una vez establecida esa situación o estado de hecho, de ordinario produce consecuencias jurídicas que la protegen en diversa medida o grado.
Indudablemente, la titularidad de la propiedad y de algunos derechos reales implican un derecho a la posesión ("ius possidendi"); pero no siempre el titular ejerce efectivamente esa facultad. En cambio, la posesión no implica la titularidad del derecho de propiedad ni de ninguno de esos derechos reales ni tan siquiera la preexistencia de un derecho a poseer; pero, una vez que existe, la posesión confiere al poseedor una serie de facultades o derechos ("ius possessionis"). En consecuencia, las esferas de lo petitorio y de lo posesorio son, en principio, completamente diferentes: ni la sola titularidad acredita posesión ni la sola posesión acredita titularidad. La titularidad podrá
...