Guia Laboral
Enviado por eryck • 26 de Noviembre de 2013 • 6.662 Palabras (27 Páginas) • 268 Visitas
Pregunta 2
AUTORIDADES DELTRABAJO
Son las encargadas de aplicar las normas laborales, en su caso, resolver conflicots y sancionar los problemas que tengan los trabajadores, en el buen desempeño de sus labores; es así que los legisladores se han a la tarea de formular una serie de normas que contemplen sus facultades e integración.
I. A la secretaría del trabajo y prevención social.
II. A la secretaría de hacienda y crédito público y de educación publica.
III. A las autoridades de las entidades federativas, y a sus direcciones o departamentos de trabajo.
IV. A la procuraduría de la defensa del trabajo.
V. Al servicio nacional del empleo, capitación y adiestramiento.
VI. A la inspección de trabajo.
Comisiones
VII. A la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos;
VIII. A la Comisión Nacional para la participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas;
Autoridades jurisdiccionales
IX. A las juntas Federales y locales de conciliación;
X. A la Junta Federal de conciliación y arbitraje;
XI. A las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje:
XII. Al Jurado de Responsabilidades.
Son las autoridades jurisdiccionales encargados de resolver directamente los conflictos de trabajo entre patrón y trabajador por la prestación de servicios.
Esta junta se integra en forma tripartida: representantes de gobierno, del trabajo y, de acuerde a cada rama de industria o actividad a que se refiera, esto de conformidad con la convocatoria que expida la secretaria del trabajo y previsión social, por lo que habrá uno o varios secretarios generales.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
La secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como los Departamentos y Direcciones del Trabajo serán regulados de a cuerdo a sus propias leyes orgánicas, con la única salvedad de que no deben contravenir las disposiciones de las normas laborales; esta misma secretaría, a fin de poder preparar en un mejor nivel de educación y cultura al personal técnico y administrativo a su cargo, creará el Instituto del trabajo.
AUTORIDADES DEL TRABAJO DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO
Articulo 257 Los órganos superiores del instituto son:
I. La asamblea general;
II. El consejo técnico;
III. La comisión de vigilancia, y
IV. La dirección general.
De la asamblea general articulo 258. La autoridad suprema del instituto es la Asamblea General, integrada por treinta miembros que serán designados en la forma siguiente:
I. Diez por el ejecutivo federal;
II. Diez por las organizaciones patronales, y
III. Diez por las organizaciones de trabajadores.
Dichos miembros duran en su cargo seis años, pudiendo ser relectos.
Pregunta No. 3.- DE LAS COMPETENCIAS
¿Cómo se determina la competencia en materia laboral?
Grado: Las diferencias o los conflictos entre el capital y el trabajo, se sujetarán a la decisión de una Junta de Conciliación y Arbitraje, formada por igual número de representantes de los obreros y de los patronos, y uno del Gobierno.
Cuantía:
Materia: La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, pero es de la competencia exclusiva de las autoridades federales en los asuntos relativos a:
a) Ramas industriales y servicios.
1. Textil;
2. Eléctrica;
3. Cinematográfica;
4. Hulera;
5. Azucarera;
6. Minera;
7. Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos;
8. De hidrocarburos;
9. Petroquímica;
10. Cementera;
11. Calera;
12. Automotriz, incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas;
13. Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos;
14. De celulosa y papel;
15. De aceites y grasas vegetales;
16. Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello;
17. Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello;
18. Ferrocarrilera;
19. Maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera;
20. Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio; y
21. Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco;
22. Servicios de banca y crédito.
b) Empresas:
1. Aquéllas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal;
2. Aquéllas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que les sean conexas; y
3. Aquéllas que ejecuten trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal, en las aguas territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la Nación.
También será competencia exclusiva de las autoridades federales, la aplicación de las disposiciones de trabajo en los asuntos relativos a conflictos que afecten a dos o más Entidades Federativas; contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en más de una Entidad Federativa; obligaciones patronales en materia educativa, en los términos de Ley; y respecto a las obligaciones de los patrones en materia de capacitación y adiestramiento de sus trabajadores, así como de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para lo cual, las autoridades federales contarán con el auxilio de las estatales, cuando se trate de ramas o actividades de jurisdicción local, en los términos de la ley reglamentaria correspondiente.
Territorio: Artículo 700.- La competencia por razón del territorio se rige por las normas siguientes:
I. En los conflictos individuales, el actor puede escoger entre:
a) La Junta del lugar de celebración del contrato.
b) La Junta del domicilio del demandado.
c) La Junta del lugar de prestación de los servicios; si éstos se prestaron en varios lugares, será la Junta del último de ellos.
I. En los conflictos colectivos de jurisdicción
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