Recursos Y Medios De Impugnacion
Enviado por Jjeeesssiiee • 9 de Febrero de 2013 • 1.196 Palabras (5 Páginas) • 740 Visitas
Recursos y medios de impugnación.
Todo recurso es un medio de impugnación, básicamente los medios de impugnación contienen a los recursos que son reglamentados en un sistema procesal que tiene vida dentro del mismo.
Los recursos reglamentados por el C.P.C. son:
• Apelación.
• Revocación.
• Queja.
También hay medios de impugnación que no están reglamentados y pertenecen a ese sistema procesal, sino que están fuera y forman lo que podríamos llamar medios de impugnación autónomos, los cuales tienen su régimen procesal, que constituye medio de impugnación; no es un recurso por que no tiene vida en el sistema procesal sino que esta fuera y el mismo tiene régimen procesal propio. Tal es así que el juicio de amparo existen recursos internos como lo que es la resolución.
Una resolución del tribunal contra lo que no cabe recurso extraordinario no puede ser atacada con amparo indirecto que es un medio de impugnación y no un recurso, medio de impugnación autónomo que pertenece a otro sistema procesal distinto al sistema procesal anterior.
Apelación.
Su objeto es que el recurso tiene por objeto que el superior revoque confirme o modifique la resolución del inferior. Este recurso esta basado o se encuentra su fundamento o razón de existencia en la fiabilidad humana o posibilidad del error.
Efectos de la admisión del recurso.
• Devolutivo.
• Suspensivo.
El juez en acta de admisión del recurso debe definir en que efecto lo admite. El efecto devolutivo implica el renvío del asunto al superior. Eventualmente, la apelación puede ser suspensiva cuando se admite en ambos efectos. El efecto suspensivo implica que quedan en suspenso las consecuencias de la resolución impugnada ante ellas la ejecución de la misma.
La adhesión a la apelación consiste en la posibilidad de que el ganador no obstante la regla de que obtuvo todo lo que pidió no puede apelar, si puede adherirse a un tramite de apelación que haya interpuesto su contrario con el objeto de que se mejore los argumentos de la sentencia, por que aunque el juez le haya concedido todo, en cuanto que la sentencia en sus razonamientos está falla o endeble. Aprovechando que la otra parte ha apelado se adhiere al tramite de apelación, no por que no le favorezca la sentencia sino para mejorar o robustecer los argumentos del juez de primer grado y obtener una sentencia de segunda instancia mejor fundada.
ARTÍCULO 688.-El recurso de apelación tiene por objeto que el tribunal confirme, revoque o modifique la resolución del juez.
ARTÍCULO 689.-Pueden apelar: el litigante si creyere haber recibido algún agravio, los terceros que hayan sido al juicio y los demás con interés jurídico a quienes perjudique la resolución judicial.
ARTÍCULO 690.- La parte que venció puede adherirse a la apelación interpuesta dentro de los 3 días siguientes a la admisión del recurso expresando los razonamientos tendientes a mejorar las consideraciones vertidas por el juez en la resolución que se trate.
Revocación.
Son medios de impugnar las resoluciones que en concepto del que impugna puede estar mal dictada, ser errónea o estar alejados o apartados del derecho.
La revocación es el recurso más simple, más sencillo, para lo que lo interponen las partes en contra de resoluciones simples que se denominan de trámite o bien contra autos en los que por no ser apelable la sentencia definitiva tampoco ellos lo son.
La revocación solo se substancia y tramita en la primer instancia y debe interponerse mediante escrito dentro del termino de tres días a la notificación y debiendo de resolver dentro del tercer día.
Por lo que se refiere al recurso de reposición su trámite es igual a la revocación, excepto que la reposición se hace y se tramita ante la segunda instancia por que su mecánica y su tramitación reflejan los de primera instancia,
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