Trabajo practico Educación Intrcultural
Enviado por Valentina Palacios. • 8 de Julio de 2018 • Apuntes • 976 Palabras (4 Páginas) • 323 Visitas
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1) ¿Qué concepto de Cultura sostiene el documento?
2) ¿En qué sentido decimos que la diversidad constituye el patrimonio de la humanidad? (Artículo 1)
3) ¿Cómo podemos entender el pluralismo cultural de nuestra sociedad?
4) ¿Por qué la defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético? (Artículo 4)
5) ¿En qué consisten los derechos culturales? (Artículo 5)
6) ¿Cómo podemos garantizar que la diversidad cultural sea accesible a todos?
Desarrollo
- Según el documento la cultura debe ser considerada como el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias.
- La cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad, la diversidad cultural es, para el género humano, tan necesaria como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
- Las políticas que favorecen la inclusión y la participación de todos los ciudadanos garantizan la cohesión social, la vitalidad de la sociedad civil y la paz, de esta manera, el pluralismo cultural constituye la respuesta política a la realidad de la diversidad cultural. El pluralismo cultural propicia los intercambios culturales y el desarrollo de capacidades creativas que soportan la vida pública.
- La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto por la dignidad de la persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas pertenecientes tanto a minorías como a pueblos autóctonos. Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance.
- Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, el desarrollo de una diversidad creativa exige la plena realización de los derechos culturales, toda persona tiene derecho a una educación y una formación de calidad que respete plenamente su identidad cultural; toda persona debe poder participar en la vida cultural que elija y ejercer sus propias prácticas culturales, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.
- Al tiempo que se garantiza la libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que procurar que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el multilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas, al saber científico y tecnológico —comprendida su forma electrónica— y la posibilidad, para todas las culturas, de estar presentes en los medios de expresión y de difusión, son los garantes de la diversidad cultural.
DIVERSIDAD CULTURAL Y CREATIVIDAD
El patrimonio cultural, fuente de la creatividad.
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