Civil III 1º Parcil UBP
Enviado por forexs • 5 de Octubre de 2014 • 2.674 Palabras (11 Páginas) • 771 Visitas
PARCIAL 1 MÓDULO 1
Le presentamos a continuación las pautas que seguiremos para evaluar sus logros a partir de los objetivos que planteamos en el presente curso a distancia de la asignatura DCIII.
Ante todo consideramos conveniente reiterarle un consejo: aunque no sean institucionalmente obligatorias, le sugerimos que realice todas las actividades que se proponen para cada módulo; a través de ellas, logrará transferir los conceptos aprendidos a los casos problemáticos que componen las pruebas parciales que deberá aprobar.
Asimismo, le proponemos que, una vez terminado el estudio teórico de los tópicos que componen las unidades, vuelva al mapa conceptual de cada módulo y al mapa conceptual general de la asignatura. Tendrá así una apreciación global de los núcleos conceptuales que componen las unidades en particular y la asignatura en general; podrá relacionar los conceptos aprendidos y comprender el sentido y alcance del régimen legal de los contratos. Incluso podrá, si lo desea, hacer observaciones y reformular los mapas reconstruyéndolos a través de una nueva diagramación. No debe olvidar que el examen final de la asignatura se estructurará sobre el mapa conceptual, a los fines de integrar los conceptos aprendidos.
Criterios de Evaluación:
Los criterios de evaluación que se detallan a continuación deberán ser tenidos en cuenta para solucionar las situaciones problemáticas presentadas en las evaluaciones parciales. Cada uno de ellos incluye el porcentaje que representa para la acreditación.
• Usted deberá resolver los conflictos planteados y temas solicitados en forma precisa y concreta, dando siempre los fundamentos de la respuesta que propone, los que deberán en todo caso ajustarse al sistema jurídico de nuestro derecho positivo. ( 30 %)
• Toda respuesta deberá asentarse en la correspondiente fundamentación legal y/o doctrinaria del asunto propuesto. No será necesario que se transcriban los textos legales, pero sí que se mencionen de modo claro y concreto. ( 30 %)
• Las respuestas no deberán exceder de diez líneas cuando se trate de soluciones a casos prácticos específicos, ni de dos páginas cuando se trate de desarrollar temas teóricos. ( 20 %)
• Un ítem solo se considerará correctamente resuelto si la respuesta es íntegramente satisfactoria; es decir, no se admitirán respuestas parciales, incompletas, contradictorias o dubitativas. ( 20 %)
Criterios de Acreditación:
Cada problema a resolver tiene asignado 10 puntos; para aprobar la evaluación será necesario solucionar todos los casos planteados y obtener 50 puntos o más sobre 100 puntos.
1
Juan ha adquirido en “Grandes Tiendas Córdoba” un televisor color marca Phillips de 90 pulgadas el 10 de abril de 2003, en perfecto estado de funcionamiento, entregándosele en el momento de la compra el certificado de garantía correspondiente. El 8 de octubre de ese año, el televisor comienza a tener problemas de encendido y apagado, que el comprador no puede solucionar por sus medios. ¿Podría indicar cuáles son los derechos que le asisten a Juan?
Sería un compraventa que encuadra en la ley 24240 defensa del consumidor que en su art 11 establece el plazo de garantía de seis meses en los casos de compra de bienes muebles no consumibles, por lo tanto juan tiene el derecho a la reparación del problema sin costo alguno, en caso de una reparación no satisfactoria el art 17 no da tres opciones, estas son:
a) Pedir la sustitución de la cosa adquirida por otra de idénticas características. En tal caso el plazo de la garantía legal se computa a partir de la fecha de la entrega de la nueva cosa;
b) Devolver la cosa en el estado en que se encuentre a cambio de recibir el importe equivalente a las sumas pagadas, conforme el precio actual en plaza de la cosa, al momento de abonarse dicha suma o parte proporcional, si hubiere efectuado pagos parciales;
c) Obtener una quita proporcional del precio.
En todos los casos, la opción por parte del consumidor no impide la reclamación de los eventuales daños y perjuicios que pudieren corresponder.
2
Juan y Pedro han celebrado un acuerdo, por medio del cual el primero ofrece al segundo venderle un inmueble de su propiedad en la suma de $ 20.000, manteniendo su oferta por 30 días, dentro de los cuales Pedro podrá aceptarla si lo desea. ¿Podría indicar la naturaleza jurídica del acuerdo y su diferencia con otras figuras afines?
La naturaleza Jurídica del acuerdo, sería una oferta hecha por juan, que encuadraría en el Art 1150 C. Civil, donde juan se compromete a realizar un contrato de compraventa con pedro con las condiciones expuestas en el enunciado, no pudiendo retractar su oferta ya que se ha obligado a permanecer en ella por 30, días.
La oferta: Es la propuesta que una de las partes dirige a una persona determinada para celebrar un contrato. Técnicamente, la oferta se define como “Una declaración de voluntad unilateral y recepticia”.
Art. 1.150. Las ofertas pueden ser retractadas mientras no hayan sido aceptadas, a no ser que el que las hubiere hecho, hubiese renunciado a la facultad de retirarlas, o se hubiese obligado al hacerlas, a permanecer en ellas hasta una época determinada.
Otra figura afín seria el supuesto de Oferta del Art 7 de la 24240. La diferencia que hay con la oferta del Art 1150 C. Civil es que esta debe dirigirse a una persona determinada, en cambio la otra debe estar dirigida a consumidores potenciales indeterminados.
“ARTICULO 7º — Oferta. La oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados, obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones…”
3
José ha vendido a Daniel un inmueble elaborado con materiales prefabricados en la ciudad de Rosario, que éste último afectará a explotación comercial (compraventa de muebles usados). Se ha entregado la posesión y pagado la totalidad del precio convenido. A los tres meses de formalizada la operación, ante la escasa venta de los productos vendidos, el comprador pretende rescindir el contrato y desea saber si puede hacerlo invocando la protección de la ley 24240.
En el presente caso el comprador no podrá rescindir el contrato invocando la protección de la de defensa del consumidor, ya que aunque se encuentre en plazo de garantía (art 11 ley 24240), para poder pedir la rescincion del contrato de haber un incumplimiento del provedor o vicio del objeto comprado, que este caso no lo hay.
4
Juan compró en la joyería “Lucerna” de la ciudad de Córdoba un reloj suizo el 13-6-02,
...