El derecho de huelga
Enviado por GULHIO • 17 de Septiembre de 2013 • Ensayo • 11.642 Palabras (47 Páginas) • 349 Visitas
Hay hombres que luchan un día y son buenos. Hay otros que luchan un año y son mejores. Hay quienes luchan muchos años y son muy buenos. Pero hay los que luchan toda la vida: esos son los imprescindibles.
Bertolt Brecht
INTRODUCCIÓN
E
l presente trabajo de investigación desarrolla el tema de HUELGA, basándose específicamente en el análisis descriptivo y objetivo con el cual se intenta aportar el mejor conocimiento de ello. Si bien es cierto que en nuestra concepción nacional, se parte de la base de que todo medio de lucha por su propia naturaleza tiende a perjudicar a una de las partes, sino, no sirve como medio de lucha.
Con todo esto tratamos de abordar el estudio del derecho de huelga en el derecho laboral colectivo, enfocando particularmente un análisis de forma y fondo sobre el ejercicio de este derecho fundamental y su relación con otros derechos (Administrativo, Penal, Civil) con los cuales el derecho de huelga puede entrar en conflicto.
El derecho de huelga se configura como un derecho fundamental, su configuración responde al conjunto de elementos de los derechos sociales, económicos y políticos, y conforme a esta configuración, se le ha realizado y desarrollado un conjunto de normas que permiten la fijación en el ordenamiento jurídico.
Nuestro ordenamiento jurídico encuentra en el DERECHO DE HUELGA un Derecho económico y político y lo hace partiendo de la configuración preexistente en otros ordenamientos de nuestro entorno jurídico – cultural.
El Derecho de Huelga no encuentra su nacimiento por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico, sino que podemos encontrar su origen en el ordenamiento francés, donde la Constitución francesa establece el derecho de huelga, también se aprecia el origen del derecho de huelga en el Título 2º de la Constitución Italiana, donde se configura dentro del marco regulador de los derechos sociales, económicos y políticos.
Es a raíz del reconocimiento de esas Constituciones, y de largas décadas donde el DERECHO DE HUELGA no se regulaba, cuando surge para nuestro
ordenamiento jurídico un derecho nuevo, es el art. 28.3 de la Constitución Política del Perú, en el Capítulo 2 de la sección de Derechos Sociales y Económicos donde se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses.
Este articulo dice el medio que va a permitir realizar su configuración, este medio según el art. 28.3 de la Constitución Política del Perú, es la LEY. Será una ley orgánica la llamada a fijar el ejercicio del derecho a huelga pero también tal y como dice el art. 28.3 CPP, la ley deberá definir el contenido, las garantías para el ejercicio del derecho a huelga, así como aquellos servicios que deberán ser respetados por ser esenciales en los momentos en que se ejercite el derecho de huelga.
El derecho de huelga se constituye en una de las más importantes conquistas logradas por los trabajadores en el presente Siglo. Se trata de un instrumento legítimo para alcanzar el legitimo reconocimiento de aspiraciones económicas y sociales que garanticen justicia en la relaciones TRABAJADOR-PATRONAL y el logro de un progresivo nivel de dignidad para el trabajador y la familia, cuya consagración constitucional, desde la Reforma de 1936, ha representado la más preciosa garantía y salvaguarda de los derechos laborales y por ende el desarrollo de un sistema político democrático.”
Actualmente en el marco del derecho de huelga, la doctrina y la jurisprudencia han asumido un rol preponderante al punto que influye en forma significativa sobre las características del derecho mismo.
Con la investigación realizada, podríamos afirmar que, La doctrina nacional en forma mayoritaria, ha elaborado una teoría del conflicto colectivo de trabajo con claros objetivos de protección y promoción de la acción sindical para lograr una función equilibradora; lo que permite que la huelga se exprese como un derecho
verdaderamente autónomo y autorregulado, para poder lograr la plena efectividad en su ejercicio como lo establece la Constitución.
Se ha tomado conocimiento de que las HUELGAS siempre fueron utilizadas para contrarrestar la explotación laboral; para exigir a los empleadores mejores salarios, mejores prestaciones sociales y reducir la jornada de trabajo; por lo tanto la huelga es una opción que adoptan los trabajadores cuando no existe otro camino o vía para que el empleador atienda sus solicitudes que conllevara para mejorar sus condiciones vitales, sociales y culturales. Sin embargo, esta medida produce efectos económicos nefastos y devastadores para la empresa y los trabajadores.
POR TODO ELLO, ESTAMOS CONVENCIDAS DE QUE LA HUELGA ES UN HECHO, SUS CONSECUENCIAS SON IMPREDECIBLES, SU PROPÓSITO ES EVIDENTE, DEFINIRLA POR LOS RESULTADOS PARECE IMPRUDENTE; POR ESO LES INVITAMOS A LEER EL PRESENTE TRABAJO.
INDICE
Introducción……………………………………………………………………………
Etimología……………………………………………………………………………. 10
Terminología en algunos países…………………………………………………… 10
Orígenes de huelga…………………………………………………………………. 11
Historia mundial de huelgas………………………………………………………… 12
¿Cuándo fue la primera huelga de la historia?.................................................. 13
Teorías sobre la huelga……………………………………………………………… 14
Finalidad de la huelga…………………………………………………….…………. 15
Reconocimiento de la huelga………………………………………………………. 16
La primera norma sobre huelga……………………………………………….…… 17
Concepto de huelga…………………………………………………………………. 19
Definición de huelga…………………………………………………………………. 20
Cuáles son las funciones del derecho de huelga……………………………..….. 22
Naturaleza jurídica: derecho de participación…………………………………..… 23
La titularidad
¿Titularidad individual y ejercicio colectivo, o titularidad colectiva
y
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