MODELO DE DERECHOS REALES
Enviado por Thanya Zavala • 28 de Noviembre de 2022 • Trabajo • 756 Palabras (4 Páginas) • 69 Visitas
Caso: ¿Seré tu propietaria?
La señora Maritza Ladañosa es propietaria del fundo ´´La Poderosa´´ de 6 hectáreas y tiene como vecina a la señora Laura Lachismosa quien es propietaria del fundo ´´Son Rumores´´ de 8 hectáreas.
La Sra. Ladañosa tiene 4 hijos, pero quiere donar a la iglesia ´´De los últimos días’’ 4 hectáreas de su fundo ya que ella se bautizó en dicho grupo religioso,
La Sra. Lachismosa pensando que algunas maderas cortadas que estaban en el límite de su propiedad eran suyas, las tomó y fabricó unas puertas para cambiar las que tenía, pero en realidad esas maderas eran de propiedad de la señora Ladañosa.
La Sra. Ladañosa, cuyo fundo se encontraba ubicado en la ribera del río Rímac encontró adherido a los linderos de su fundo depósitos de tierra aptas para el cultivo por lo que lo utilizó con la finalidad de ampliar sus tierras de cultivo sembrando caña de azúcar.
Luego de intensas lluvias, la señora Ladañosa se dio con la sorpresa que 500 m2 de terreno fueron arrastrados por el río Rímac desde aproximadamente el kilómetro 20 hasta el kilómetro 18.5 de la Carretera Central, lugar en donde se encontraba su fundo ´´La Poderosa``. En dicho terreno que se adhirió al suyo sembró maíz y papa que luego de más de dos años la señora Lachismosa pretende reclamar ya que se desprendió de su fundo ´´Son Rumores´´.
“La Martita” la vaquita de propiedad de la Sra. Lachismosa en uno de sus recorridos de pastoreo se topó con “El Cumplidor” Torito de propiedad de la Sra. Ladañosa quien preñó a “La Martita”, naciendo los becerritos ´´El Negro´´ y ´´El Sanguinario´´
Preguntas
- Sobre el fundo "La Poderosa", ¿Qué atributos tiene la señora Ladañosa como propietaria? Explíquelo
- Usar (ius utendi),
- Disfrutar (ius fruendi),
- Disponer (ius abutendi) y
- Reivindicar (niegan carácter de atributo)
- ¿La señora Ladañosa puede donar los 2/3de su propiedad ("La Poderosa") a la iglesia "De los últimos días"? Explíquelo
Según el Artículo 725 del Código Civil Peruano. - Tercio de libre disposición, El que tiene hijos u otros descendientes, o cónyuge, puede disponer libremente hasta del tercio de sus bienes.
- Si la señora Ladañosa le exige a la señora Lachismosa que le entregue las puertas fabricadas con sus maderas, ¿la señora Lachismosa estaría obligada a entregarlas? Explíquelo
Según el artículo 937 del Código Civil Peruano. - Adquisición por especificación y mezcla, el objeto que se hace de buena fe con materia ajena pertenece al artífice, pagando el valor de la cosa empleada.
...