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Particularidades Del Contrato Colectivo


Enviado por   •  20 de Febrero de 2014  •  1.611 Palabras (7 Páginas)  •  354 Visitas

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Reglas para la celebración del contrato colectivo si concurren varios sindicatos

En México el sindicalismo y la contratación colectiva tienen sus orígenes en dos principios fundamentales: el de la especialidad y el del mayor interés profesional. Por ello, sólo los sindicatos que tengan la especialidad de la empresa (gremiales o de industria), podrán celebrar con el patrón su propio contrato colectivo. Respecto al segundo caso, si concurren varios sindicatos, la ley señala que tendrá derecho a firmar el contrato colectivo, el sindicato mayoritario dentro de cada especialidad.

Cuando en una misma empresa o establecimiento existen varias especies de sindicatos, la ley determina que se pueden celebrar diferentes contratos colectivos.

A continuación para resolver esta situación la Ley Federal del Trabajo en su artículo 388 señala lo siguiente:

Si dentro de la misma empresa existen varios sindicatos, se observarán las normas siguientes:

I. Si concurren sindicatos de empresa o industriales o unos y otros, el contrato colectivo se celebrará con el que tenga mayor número de trabajadores dentro de la empresa;

II. Si concurren sindicatos gremiales, el contrato colectivo se celebrará con el conjunto de los sindicatos mayoritarios que representen a las profesiones, siempre que se pongan de acuerdo. En caso contrario, cada sindicato celebrará un contrato colectivo para su profesión;

III. Si concurren sindicatos gremiales y de empresa o de industria, podrán los primeros celebrar un contrato colectivo para su profesión, siempre que el número de sus afiliados sea mayor que el de los trabajadores de la misma profesión que formen parte del sindicato de empresa o de industria.

Revisión del contrato colectivo

La ley del trabajo resuelve este problema cuando hay concurrencia de varios sindicatos en una misma empresa o establecimiento en el artículo 398 que a la letra dice:

En la revisión del contrato colectivo se observarán las normas siguientes:

I. Si celebró por un solo sindicato de trabajadores o por un solo patrón, cualquiera de las partes podrá solicitar su revisión,

II. Si se celebró por varios sindicatos de trabajadores, la revisión se hará siempre que los solicitantes representen el cincuenta y uno por ciento de la totalidad de los miembros de los sindicatos, por lo menos, y

III. Si se celebró por varios patrones, la revisión se hará siempre que los solicitantes tengan el cincuenta y uno por ciento de la totalidad de los trabajadores afectados por el contrato, por lo menos.

Plazo para solicitar la revisión del contrato

El derecho a solicitar la revisión del contrato colectivo puede ser ejercido por cualquiera de las partes. En la realidad, quien ejerce ese derecho son los trabajadores y que en la mayoría de los casos va acompañado con la amenaza de la huelga, sin que esto signifique que los patrones nunca ejerzan ese derecho.

Respecto al plazo para la revisión del contrato colectivo, la ley del trabajo la materia en su artículo 399 señala:

La solicitud de revisión deberá hacerse, por lo menos setenta días antes:

•Del vencimiento del contrato colectivo por tiempo determinado, si no es mayor de dos años

•Del transcurso de dos años, si el contrato por tiempo determinado tiene una duración mayor.

•Dentro del transcurso de dos años en los casos de contrato por tiempo indeterminado o por obra determinada.

Para el cómputo de este término se atenderá a lo establecido en el contrato y, en su defecto, a la fecha del depósito.

Revisión de los contratos colectivos en cuanto a salarios en efectivo

Los contratos colectivos serán revisables cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota diaria. La solicitud de esta revisión deberá hacerse por lo menos treinta días antes del cumplimiento de un año trascurrido desde la celebración, revisión o prórroga del contrato colectivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 399 bis ley laboral.

Si ninguna de las partes solicitó la revisión o no se ejercitó el derecho de huelga, el contrato colectivo se prorrogara por un periodo igual al de su duración o continuará por tiempo indeterminado así lo establece el artículo 400 ley del trabajo.

Modificación, suspensión y terminación de las relaciones colectivas de trabajo

El contrato colectivo de trabajo, busca establecer el equilibrio entre los factores de la producción, de tal manera que en las circunstancias económicas de una empresa, sus trabajadores laboren en condiciones adecuadas a su necesidad y a la capacidad de la empresa. Al igual que en los contratos-ley, la existencia válida y colectiva de un contrato colectivo de trabajo, determina que nazca la presunción de que la empresa o establecimiento a que se aplica exista un equilibrio en las relaciones laborales.

Podemos decir que el contrato colectivo de trabajo es un convenio escrito, en el que se detallan las condiciones de trabajo y empleo y que se celebra entre un patrono o grupo de patronos y una o varias organizaciones de trabajadores.

La duración de un contrato colectivo de

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