Teoría General De Las Obligaciones
Enviado por wilmeraguilera • 19 de Enero de 2015 • 1.775 Palabras (8 Páginas) • 285 Visitas
Teoría general de las obligaciones
Las obligaciones son el estudio de los derechos personales, y estas nacen antes que el derecho personal debido a que solo se puede exigir a una persona en virtud de una obligación. Son el “Conjunto de principios y reglas que sirven para determinar el concepto de obligación, sus diferentes elementos, sus características, sus fuentes, sus diferentes clases, sus modos de extinción y sus medios de prueba”.
Acepciones de la palabra Obligaciones
Acto o instrumento (Art. 2523 N° 1)
Título de un crédito.
En sentido religioso-moral (no mentir, no robar)
Como concepto jurídico. En el código no lo define, solo lo menciona en el Art. 5781.
en el Art. 1438 lo define como contrato o convención.
De estos últimos artículos se saca una idea de que es obligación del punto de vista jurídico, por lo tanto las obligaciones son actos jurídicos que crean derechos personales y su respectiva obligación (en virtud de la ley o de su propia voluntad), se ha dicho que la obligación “Es un vínculo jurídico entre dos o más personas determinadas que coloca a una de ellas en la necesidad de dar, hacer o no hacer una cosa respecto de otra”. (Cada parte puede ser una o más personas).
Elementos
1- Vínculo Jurídico.
2- Necesidad de una prestación.
3- Existencia de un deudor o acreedor que deben ser personas determinadas o determinables.
1- Vinculo Jurídico. “Es una relación que sanciona la ley (Que la ley reconoce) en cuanto confiere al acreedor los medios necesarios para que obtenga la satisfacción del interés que en vuelve el vínculo creado.
En Roma el vínculo jurídico entre la persona y su acreedor (entre personas) diferencia de hoy que no es un vínculo entre las personas. (En Roma se podía constituir la esclavitud, al ser un vínculo personal, en Chile hasta 1868 existe la prisión por deuda).
1 Art. 578. Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas, que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su deudor por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos nacen las acciones personales.
De este vínculo corporal o físico paso a uno espiritual llamado crédito, que viene de la palabra creer en la persona que contrae la deuda, posteriormente pasa a un tercer sistema donde el vínculo que se contrae es con el patrimonio de la persona. Este sistema se conoce como derecho de prenda general contra el deudor pudiéndole embargar bienes de su patrimonio. Posteriormente el sistema crece incluyendo a los herederos quien asume en virtud del patrimonio del deudor, pero no se pueden traspasar entre vivos, ya que en Chile no existe la cesión de deudas como existía en Roma.
2- Prestación. “La necesidad en que se encuentra el deudor de dar, hacer o no hacer algo a favor del acreedor”, esta definición es conocida con el nombre de objeto. La prestación debe de ser carácter económico o moral y existen varias teorías al respecto tanto en pro como en contra. Algunos mencionan que la prestación solo debe proteger el interés valuable en dinero.
Argumentos
1- El deudor de una obligación moral podría dejar de cumplirla y el acreedor no estaría
Posibilitado de pedir indemnización de perjuicios, ya que el incumplimiento no le traería un perjuicio pecuniario.
2- No existe forma de hacer cumplir forzadamente un hecho de carácter moral.
3- Hay otros que mencionan que se pueden fijar prestaciones de carácter moral si se fijan sanciones para ello, lo que se conoce como cláusula penal.
3-Las Personas. Deben ser personas determinadas y esta determinación significa que tanto la persona del deudor como el acreedor debe estar suficientemente individualizados (pueden ser determinadas o determinables), el deudor nunca puede estar indeterminado.
Pero el acreedor puede estar indeterminado pero siempre que a la época del cumplimiento este determinado. (La doctrina se basa en los artículos 1962 y 1908)
Importancia de las Obligaciones.
1- La mayoría de las relaciones jurídicas de los hombres incide en materia de obligaciones.
2- Las reglas que estudia son de aplicación general en Derecho Comercial, Derecho Tributario.
3- Gran parte de las reglas de los contratos son aplicación de los principios del Código Civil.
4- Las reglas que estudiaremos tienen aplicación en el futuro.
Características del derecho de las obligaciones.
1- Es un concepto universal, debido a que en todo el mundo existen acreedores y deudores.
2- Sus proposiciones doctrinales o textos tienen gran estabilidad, lo que no significa que no pueden ser modificados, pero en si el libro del Código Civil que tiene menos modificaciones es el de las obligaciones.
3- Su desarrollo es teórico y sistemático, debidamente ordenado (por lo cual es abstracto y sujeto a un sistema).
Las obligaciones en sí presentan ciertas características:
1- Obligatoriedad y exigibilidad: Esto significa que se puede hacer cumplir en caso que el deudor no cumpla con sus obligaciones de manera voluntaria. Lo normal es que dos personas NO están ligadas por vínculos jurídicos.
Por ello la obligación es excepcional y corresponde probarla al que alega su existencia, artículo 1698. Esto se justifica, porque quien afirma que otra persona le está obligada invoca una situación de excepción en el Derecho y debe acreditarla.
2- Representan un interés de carácter privado y exclusivo, es decir son de Derecho
Privado.
3- Se trata de un vínculo transitorio o temporal. El deudor debe contraer su obligación dentro de un plazo.
4- Las obligaciones son un vínculo excepcional, porque lo normal es que nadie esté obligado.
Fuentes de las Obligaciones.
Todos
...