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Comite De Basilea


Enviado por   •  23 de Febrero de 2014  •  2.508 Palabras (11 Páginas)  •  1.004 Visitas

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Introducción

A lo largo de mi carrera eh notado la importancia de poseer un sistema de supervisión bancaria aun mayo al que nuestro país tiene, como lo es la Súper Intendencia d Bancos y el Banco de Guatemala ya que como bien sabemos la economía de nuestro país no se rige únicamente por lo que sucede de manera interna si no al contrario, se rige en su mayoría por lo que sucede a lo largo del mundo. Teniendo este tipo de supervisión se pueden prevenir quiebras bancarias, daños en la economía y la reducción de la inversión.

Fue entonces cuando en 1974 un grupo de países preocupados por la economía global deciden formar un comité de supervisión bancaria, con el fin de que los países tomen en cuenta e implementen sus recomendaciones y acuerdos en sus respectivos sistemas nacionales.

En 1988 el comité emitió un primer acuerdo de capitales, denominado BASILEA I, el que pretendía regular los requerimientos mínimos de capital de las instituciones bancarias con el fin de cubrir su exposición al riesgo de crédito. Luego en 1997 el comité emitió lo que se llamó los principios básicos para una supervisión bancaria eficaz, el cual contiene 25 principios generales, que están agrupados en siete categorías, una de las cuales habla sobre la Regulación y requisitos prudenciales, en los que están los principios sobre la suficiencia de capital y la gestión de riesgo. Posteriormente en 2004, se publicó el BASILEA II. Este nuevo acuerdo de capitales contenía más amplio criterio para clasificar el riesgo, se establece el riesgo de crédito, riesgo operacional y riesgo de mercado.

Objetivo General

Dar a conocer la finalidad y objetivo principal del comité de Basilea, su importancia en el mercado financiero y la forma en la que han ayudado sus recomendaciones y acuerdos la Economía global desde que inicio en 1974.

Origen y Características

Tuvo su origen por razón de la crisis financiera originada por el cierre del BANKHAUS HERSTATT (banco alemán) en Alemania en el año 1974. Tal decisión adoptada por la directiva de momento tuvo como origen las grandes pérdidas incurridas por razón de operaciones en moneda extranjera en el país. Lo que causo que bancos como Chase en USA se reusara a cumplir órdenes de pago y cheques emitidas por el banco alemán, lo que provoco un colapso en el sistema de pagos norteamericano y en todo el sistema financiero a nivel internacional.

Más adelante, con el propósito de reanudar la confianza y estabilidad en el sistema financiero internacional los gobernadores de los Bancos Centrales más importantes del momento (G-10) expidieron un comunicado donde transmitían su total apoyo a la liquidez del sistema de pagos internacionales, por lo que crearon un comité de supervisores, los cuales se encargan de desarrollar principios y reglas apropiadas sobre los mercados bancarios internacionales.

Su sede estaría en Basilea, Suiza, en las oficinas del Banco de Pagos Internacionales. Este comité se ha caracterizado por su informalidad legal y procedimental, por ser un comité que deriva su existencia del mandato de los gobernadores y directores de los referidos Bancos Centrales, así como por la seriedad y solidez de su trabajo.

El comité evita expresarse en términos legales o en textos que reflejen mandatos, casi siempre tiende a utilizar marcos generales, recomendaciones y declaraciones, esto con el fin de no ser imponentes con reglas precisas que deban de cumplirse a cabalidad.

En sus inicios este comité se encargó de temas relacionados con moneda extranjera, esto para vitar de manera temprana eventos que provocaran crisis financiera, tan como en 1974, debido a la formación de este comité es que a lo largo del tiempo los mecanismos de regulación y supervisión bancaria han ido mejorando logrando de alguna manera estabilidad financiera internacional.

Descripción General

El Comité de Basilea, fue establecido por los Gobernadores de los bancos centrales del Grupo de los Diez países a finales de 1974, se reúne por lo menos unas cuatro veces al año, además tiene cuatro principales grupos de trabajo que también se reúnen continuamente durante todo el año. Los miembros del Comité proceden de Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, Hong Kong, India, Indonesia, Italia, Japón, Corea, Luxemburgo, México, Países Bajos, Rusia, Arabia Saudita, Singapur, África, España, Suecia, Suiza, Turquía, el Reino Unido y los Estados Unidos. Los países están representados por sus bancos centrales y también por la autoridad reguladora de cada país que supervisa a todo el sector bancario del país.

Objetivo Principal

Mejorar la comprensión de los principales temas de supervisión y mejorar la calidad de la supervisión bancaria en todo el mundo. Este se hace a través del intercambio de información sobre los problemas nacionales, para llegar entonces a un entendimiento en común entre estos países. Al llegar a un acuerdo en común, se elaboran directrices y normas de supervisión que ayudan sobre la suficiencia de capital.

Principios Básicos para la Supervisión Bancaria

Estos principios fueron emitidos en 1997 por el comité de Basilea, están constituidos por 25 principios que deben estar implementados para que un sistema supervisor sea efectivo. Los Principios se relacionan con:

• Precondiciones para una efectiva supervisión - Principio 1

• Licencia y estructura - Principios 2 al 5

• Regulaciones prudenciales y exigencias - Principios 6 al 15

• Métodos para una supervisión bancaria permanente - Principios 16 al 20

• Exigencias de información - Principio 21

• Facultades formales de los supervisores - Principio 22

• Banca transfronteriza - Principios 23 al 25

Estos principios de supervisión deben de ser abordados por las entidades reguladoras de los bancos en todos los países, ya que ayuda e incrementa la eficiencia bancaria, minimiza riesgos en la economía y pueden incluso eliminar cualquier amenaza de crisis financiera.

Comité de Basilea I

Este acuerdo fue publicado en 1988, en Basilea, Suiza, por el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de G-10. Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener un banco en función de los riesgos que afrontaba a la hora de ejecutar su función como intermediario financiero en el mercado, tanto a nivel nacional como internacional.

En este texto se hablaba de un “capital regulatorio” el cual se comprende por dos distintas categorías: la primera es el cumplimiento de requisitos de permanencia en el mercado

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