PROMESA DE VENTA
Enviado por 1234LUGO • 30 de Enero de 2019 • Trabajo • 1.772 Palabras (8 Páginas) • 93 Visitas
CONTRATO PRIVADO, DE PROMESA DE VENTA QUE CELEBRAN, EN LINARES NUEVO LEON, A LOS 20 DIAS DEL MES DE MAYO DEL 2017, POR UNA PARTE EL SR. LORENZO GARZA TORRES, POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE LA SUCESION DE LA SRA. RAQUEL JIMENEZ KARR A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LES DENOMINARA EL VENDEDOR”, Y POR OTRA PARTE LA SEÑORA RAFAELA MORADO DECIDA, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARA “EL COMPRADOR”, FUNDANDO EL PRESENTE ,QUIENES LO CELEBRAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS. DECLARACIONES:
I.- DECLARAN “LOS VENDEDORES”.
a).- La propiedad materia de esta operación, se encuentra ubicada en calle PASCUAL ORTIZ RUBIO 162 LOTE 31 MANZANA 29, DEL FRACCIONAMIENTO IGNACIO ZARAGOZA, EN ESTA CIUDAD DE LINARES, N. L. con superficie total de 120 m2 (CIENTO VEINTE METRO CUADRADOS), según se desprende de la Escritura Pública No.69262 pasada ante el Notario Público No.62 ASOCIADO CON EL NOTARIO PUBLICO NUMERO129, del Lic. JUAN MANUEL GARCIA GARCIA, inscrita en el Registro Público de la Propiedad el 24 de Noviembre de 2000 con el número 587,Volumen 311, LIBRO 51, Sección I- Propiedad, Unidad Linares, N. L. tal y como lo acreditan con la copia simple de dicha escritura que anexan al presente instrumento para que forme parte integral del mismo, la cual consta que actualmente el propietario lo es el Señor LORENZO GARCIA TORRES y su esposa la SRA. RAQUEL JIMENEZ KARR, finada. con los siguientes linderos y colindancias:
AL NOROESTE.- Mide 6:00 mts, y da frente a la calle FCO I.MADERO.
AL SURESTE, Mide 6:00Mts. Y colinda con el lote numero 34.
AL NORESTE,. Mide 20 mts, y colinda con con el lote numero 32.
AL SUROESTE: 20 mts y colinda con el lote numero30.
Con una superficie total de 120 metros cuadrados de terreno.
b).- Que ante el C. Juez Mixto del Sexto Distrito Judicial en el Estado, se promueve Juicio in-testamentario a bienes de la SRA. RAQUEL JIMNEZ KARR.
c).- Declara el vendedor, que al salir sentencia de primera sección, se tramitara dicho juicio por cuerda separada ante la fe del C.Notario Público MANUEL JOSE PEÑA DORIA, Titular de la Notaria numero 7 de esta ciudad.
d).- Que una vez concluido dicho tramite se le otorgara a la SRA. RAFAELA MORADO DECIDA la documentación necesaria a finde que proceda a realizar la escritura de propiedad a su nombre, quien se hara cargo del pago de los impuestos correspondientes ante dicha notaria.
e).- Declara el SR. LORENZO GARZA TORRES, de igual forma, que el inmueble objeto del presente contrato, se encuentra libre de todo gravamen, tal y como consta en el Registo Público de la Propiedad y del Comercio de ésta Ciudad de Linares N. L. Así mismo manifiesta que dicho inmueble se encuentra al corriente en el pago de impuestos por concepto del impuesto predial, agua y luz, mismo que acreditan con los recibos de pago correspondientes y que serán entregados al Notario que tire la escritura correspondiente.
f).- Que tienen su domicilio convencional y que lo señalan par todos los efectos del presente contrato, en la calle V. DOMINGUEZ ESQUINA CON ABASOLO al oriente esta Ciudad, teniendo la capacidad legal suficiente para celebrar el presente contrato en los términos que se detallan.
II.- DECLARA “EL COMPRADOR:
a).- Que conoce el inmueble objeto del presente contrato, y se hace sabedor del estado en que éste se encuentra, esto es, el estado del juicio Sucesorio In-Testamentario.
b).- Declara el comprador que señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la Calle de RANCHO LA ECONDIDA, teniendo la capacidad legal para contratar y obligarse en los términos y condiciones respecto del clausulado del presente instrumento.
III.- AMBAS PARTE DECLARAN:
PRIMERA.- Ambas partes, conociendo el contenido de las declaraciones vertidas con anterioridad, las cuales ratifican por contener la verdad, y sin existir error, dolo, violencia, mala fe o vicio alguno en el consentimiento que pudiere invalidar al mismo, es que convienen en sujetarse a las siguientes:
CLAUSULAS.-
PRIMERA.- Ambas partes, están de acuerdo, en que el precio pactado de la presente operación, consiste en la cantidad de $ 200,000.00 ( DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.)
SEGUNDA.- La compradora manifiesta que cubrirá el importe del valor de la operación de la siguiente manera $ 20.000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.) mismos que serán cubiertos al momento de la firma
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