ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

MATEMATICA II


Enviado por   •  11 de Julio de 2015  •  4.555 Palabras (19 Páginas)  •  228 Visitas

Página 1 de 19

2. Según lo explicado en la primera unidad haga una síntesis sobre los derechos humanos en el Perú. Asimismo investigue sobre el código Hammurabi y explique brevemente de que se trata. (2 puntos)

Para una guía práctica puede consultar del siguiente Link

Fundación Acción Pro Derechos Humanos.

http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/1948-DeclaracionUniversal.htm?gclid=CPipopeO1a4CFUhl7Aodzwd5fg

SÍNTESIS SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL PERÚ

INTRODUCCION.

En las últimas décadas el impulso internacional a los Derechos Humanos ha sido muy notorio. La instrumentalización de documentos jurídicamente vinculantes, a partir de la Carta Internacional de Derechos Humanos, marca una pauta para los Estados, y una especial referencia al Estado Peruano en cuanto al cumplimiento de estos tratados.

CONCEPTUALIZACION DE DERECHOS HUMANOS EN EL PERU.

En la Constitución Política del Perú que es la Carta Magna sobre la cual reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. En esta se controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos y organiza a los poderes e instituciones políticas.

La Constitución Política al referirse a “ser humano”, también comprende en consecuencia a los seres humanos que forman relaciones sociales, económicas, políticas, culturales y de otra índole, en este caso, comprendemos a los pueblos indígenas o pueblos originarios, quienes están unidos por lazos de lengua, sangre, historia, territorio, entre otros aspectos. A ellos se les reconoce derechos colectivos además de los denominados derechos individuales.

La Constitución Política del Perú se ha inspirado y articulado en función a la defensa de la persona humana y al respeto de su dignidad. Es decir, la razón y el fundamento de la existencia de la sociedad y del Estado es el ser humano.

ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCION PERUANA EN DERECHOS HUMANOS.

La Constitución Peruana consta de un Preámbulo, seis títulos, disposiciones finales y transitorias y una Declaración. En el Preámbulo, el Congreso Constituyente Democrático contiene una invocación a Dios y hace una referencia de obediencia al mandato del pueblo peruano, recordando asimismo el sacrificio de todas las generaciones que nos han precedido en nuestra patria.

LOS PRINCIPALES DERECHOS HUMANOS EN EL PERU.

Estos se encuentran contenido en los siguientes artículos de la declaración universal de derechos humanos:

• Artículo 1.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

• Artículo 2.

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

• Artículo 3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

• Artículo 4.

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

• Artículo 5.

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

• Artículo 6.

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

• Artículo 7.

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

• Artículo 8.

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

• Artículo 9.

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

• Artículo 10.

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

• Artículo 11.

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

• Artículo 12.

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

• Artículo 13.

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.

• Artículo 14.

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

• Artículo 15.

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad, nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

• Artículo 16.

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (31 Kb)
Leer 18 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com