DESGLOSE DE LOS TIPOS PENALES
Enviado por mariana12332 • 14 de Junio de 2020 • Documentos de Investigación • 1.051 Palabras (5 Páginas) • 255 Visitas
PELIGRO DE CONTAGIO
ELEMENTOS DEL TIPO PENAL:
CONDUCTA.- Cualquier persona que a sabiendas de tener una enfermedad grave en periodo infectante ponga en peligro de contagio a otra persona, por relaciones sexuales o cualquier otro medio de trasmisión siempre y cuando la víctima no tenga conocimiento de tal situación.
- Sujeto Activo.- Es quien realiza la comisión de la conducta sancionada como delito
- Sujeto pasivo.-Se refiere a sobre quien recae la conducta realizada por el sujeto activo.
TIPICIDAD.- Tener relaciones sexuales con el sujeto pasivo o realizar cualquier otra conducta por la cual sea medio para poner en peligro de contagio. Además de la existencia de un mal venéreo o una enfermedad grave en periodo infectante, que el activo tenga conocimiento de la enfermedad que padece y el desconocimiento por parte del sujeto pasivo.
ANTIJURICIDAD.- Es antijurídica la conducta descrita en el tipo penal ya que contraviene a lo previsto por la norma y a su vez afecta un bien jurídico tutelado por la misma.
CULPABILIDAD.- “A quien a sabiendas de que padece una enfermedad grave en periodo infectante” por lo cual se considera doloso con fundamento al artículo 18 fracción I del código penal del estado de chihuahua.
PUNIBILIDAD.- Artículo 157 del Código Penal para el Estado de Chihuahua.
A quien sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio a otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre y cuando la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a trescientos días multa.
Si la enfermedad padecida fuera incurable, o la víctima fuera la pareja habitual, se impondrán prisión de seis meses a diez años y de quinientos a dos mil días multa. Este delito se perseguirá previa querella.
Retención y sustracción de menores
CONDUCTA.- A quien sin tener relación de parentesco, o de tutela, retenga a un menor de edad o de una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho.
- Sujeto activo.- El sujeto que realice esta conducta que la ley considera como delito
- Sujeto pasivo.- Es quien recibe la conducta realizada por el sujeto activo.
TIPICIDAD.- Cualquier persona que sin tener relación de parentesco retenga a una persona menor de edad o que no tenga la capacidad de comprender el hecho.
ANTIJURICIDAD.- Esta conducta se considera antijurídica ya que va contrario a lo que dispone la norma, se adecua al tipo penal y lleva una sanción para quien lo realice.
CULPABILIDAD.- “A quien sin tener relación de parentesco, o de tutela, retenga a un menor de edad o de una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho”, todo lo cual establece que es un delito doloso.
PUNIBILIDAD.- Artículo 168.- Se le impondrá prisión de uno a cinco años y de cien a quinientos días de multa.
SEXTING.
CONDUCTA.- A quien reciba u obtenga de una persona, imágenes, textos o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico o sexual y las revele o difunda sin su consentimiento y en perjuicio de su intimidad, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y de cien a doscientos días de multa.
- Sujeto activo.- Cualquier persona con el ánimo de obtener cualquier tipo de contenido erótico sexual y los revele o difunda
- Sujeto pasivo.- La persona sobre quien el sujeto activo ejerza la conducta sancionada en el tipo penal.
TIPICIDAD.- La conducta que se adecua al tipo penal es cualquier persona que obtenga de otra, imágenes o contenido erótico sexual y los difunda o revele.
ANTIJURICIDAD.- Esta conducta es antijurídica ya que va en contra de un bien jurídico tutelado y está prevista en el artículo 180 bis del código penal del estado de chihuahua.
...