Incidente de traslacion tipo penal
Enviado por Ruben Arenivar • 11 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 1.113 Palabras (5 Páginas) • 258 Visitas
CAUSA PENAL: 466/2012-2.
INCIDENTE NO ESPECIFICADO.
H. JUEZ OCTAVO DE DISTRITO EN EL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.
PRESENTE.
LUIS MARTIN GARCIA RUIZ, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en calle Narciso Mendoza 210, del fraccionamiento Bahia, en esta ciudad, nombrando como mi defensores a los licenciados Ruben Arenivar Garza y Guillermo Sam Rodriguez, con revocación de mi anterior designación, y autorizándole para oír y recibir toda clase de notificaciones en mi nombre, al igual que a los CC. Pasantes de Derecho los CC. Jose Raul Agaton Sanchez y Jose Carlos Rios Romero, comparezco ante usted respetuosamente para exponer:
Con fundamento en los artículos 18, párrafo segundo y 21 de la Constitución Federal, reformados por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, 84, 87 del Código Penal Federal, 6º, 494, 540, 541, 542 y 543 del Código Federal de Procedimientos Penales, 48 y 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General 22/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, normatividad relativa a la judicialización de la ejecución de las sentencias, vengo a promover, Incidente No Especificado De Libertad Preparatoria, en atención a los siguientes:
ANTECEDENTES:
La causa penal al rubro indicado se instruyó en mi contra en el juzgado que usted preside, por el delito CONTRA LA SALUD, EN LA MODALIDAD DE POSESIÓN CON FINES DE COMERCIO DEL PSICOTROPICO DENOMINADO METANFETAMINA y en la resolución dictada por este Tribunal por sentencia de fecha veintiséis de Marzo de dos mil catorce, se impuso las penas de CINCO AÑOS DE PRISIÓN Y CIEN DIAS MULTA, EQUIVALENTE ESTA ÚLTIMA A SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS MONEDA NACIONAL.
Por lo anterior, me encuentro cumpliendo la pena de prisión antes señalada desde el doce de Octubre de 2012, fecha en que fui detenido y puesto a disposición del Agente del Ministerio Publico de la Federación, por lo que a la fecha llevo compurgando mi sentencia tres años, y siete días de prisión, es decir, he cumplido de manera excedida las tres quintas partes de la pena privativa de libertad que me fue impuesta (en el caso serían tres años). Por ello, me permito hacer valer las siguientes:
CONSIDERACIONES:
Su señoría es competente para conocer del presente incidente, en atención a la reforma del artículo 87, del Código Penal Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de enero de dos mil nueve, el cual prevé la facultad de la autoridad judicial de conceder la libertad preparatoria.
Esta intervención judicial fue concedida por el legislador en el espíritu de generar con la competencia jurisdiccional, certeza jurídica para el peticionario de la citada libertad, precisando también, con toda claridad, la función de la autoridad administrativa en cuanto a la vigilancia y control de la medida que jurisdiccionalmente se concedan, tal y como se expresa en el dictamen de la cámara de origen de fecha cuatro de diciembre de dos mil ocho.
De la citada interpretación armónica de los preceptos ya mencionados, entre ellos el artículo 340, del Código Federal de Procedimientos Penales, se pone de manifiesto que la autoridad judicial está facultada para decidir sobre la libertad preparatoria.
En este orden de ideas, considero que mi reúno los requisitos establecidos en el artículo 84, primer párrafo, fracciones I y II, del Código Penal Federal, para que se me conceda el beneficio de libertad preparatoria, toda vez que:
1.- He cumplido las tres quintas partes de la pena de prisión que le fue impuesta.
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