REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO DE LA EMPRESA BOTANAS EL PAPOTAS
Enviado por Jose Luis Flores Rosales • 2 de Septiembre de 2021 • Informe • 3.094 Palabras (13 Páginas) • 421 Visitas
REGLAMENTO[pic 1]
INTERIOR[pic 2]
DE TRABAJO[pic 3]
“BOTANAS
EL
PAPOTAS”
REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO, DE LA EMPRESA BOTANAS EL PAPOTAS DE ACUERDO CON LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, APLICABLE Y DE OBSERVANCIA PARA TODAS LAS PERSONAS QUE, CON CARACTER DE TRABAJADORES, PRESTAN SUS SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA, EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.
PRESENTACIÓN
Con objeto de facilitar el entendimiento de este Reglamento, se utilizaron los siguientes términos:
- Empresa: BOTANAS EL PAPOTAS, ubicada en calle la JOSE MARIA COSS No. 1267, COLONIA COLINAS DE LA NORMAL, GUADALAJARA, JALISCO C.P. 44270. EMPRESA DEDICADA A LA FABRICACION, DISTRIBUCION, VENTA MAYOREO Y MENUDEO DE FRITURAS, DULCES Y CACAHUATES A NIVEL NACIONAL.
- Trabajador / Trabajadora: Es la persona física, que presta a la empresa un trabajo personal subordinado, en virtud de un contrato o relación de trabajo.
- Reglamento: Reglamento Interior de Trabajo.
- Contrato Individual: El contrato individual de trabajo que celebran los trabajadores con la empresa.
- La Ley: Las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
- Representantes: Aquellas personas que realizan funciones generales de la empresa y pertenecen a las áreas de Dirección, Administración, Fiscalización y Supervisión dentro de la empresa.
- Cliente: Toda persona o área, interna o externa, que demanda por un producto o servicio de los que genera BOTANAS EL PAPOTAS
Capitulo Primero
Del Personal de la Asociación.
Artículo 1°. Tienen calidad de trabajadores y trabajadoras de BOTANAS EL PAPOTAS, El personal que haya celebrado por escrito, contrato individual de trabajo con dicha empresa, el cual podrá ser:
- Por tiempo indeterminado.
- Por tiempo determinado.
- Por obra determinada y que
Laboren en la misma, un número determinado de horas obligatorias a la semana o diariamente, y efectúen trabajos bajo la subordinación del jefe respectivo.
Artículo 2°. Todo el personal de BOTANAS EL PAPOTAS, deberá acatar para el desempeño de su trabajo los reglamentos, circulares o avisos que expida la misma, así como las órdenes e instrucciones que en forma escrita o verbal se den por conducto de jefes autorizados.
Artículo 3º. El personal de planta y el personal temporal o eventual se regirá en cuanto a sus obligaciones y derechos por las estipuladas en los contratos respectivos y por las disposiciones aplicables al reglamento presente, así como legales.
Capítulo Segundo
Horas de Trabajo
Artículo 4º. Las jornadas y turnos tanto del personal de servicio como del personal administrativo, deberán fijarse por escrito en los contratos individuales de trabajo, y podrán modificarse de acuerdo con las necesidades de BOTANAS EL PAPOTAS, y según la Ley.
Artículo 5º. Las jornadas del personal de servicio podrán ser cambiadas por rotación periódica: para repartir el trabajo equitativamente para quién trabaje jornadas continuas, y así obtener mayor eficiencia en el servicio.
Artículo 6º. El personal de BOTANAS EL PAPOTAS, que laboren en jornadas diurnas, estarán sujetos a trabajar 48 horas a la semana, dentro de estas jornadas está incluido el descanso diario. (Art. 63 LFT).
DIURNO:
PERSONAL DE PRODUCCION: DE LUNES A SABADO DE 7:00 A 16:00 HRS. CON MEDIA HORA PARA COMER.
PERSONAL DE ALMACEN: DE LUNES A VIERNES DE 8:00 A 17:00 HRS. CON MEDIA HORA PARA COMER.
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y COMERCIAL: DE LUNES A VIERNES DE 8:00 A 17:00 HRS. CON MEDIA HORA PARA COMER.
Los trabajadores empezarán y terminarán sus labores en los lugares que la empresa les designe dentro o fuera del ámbito de la empresa y deberán atender cualquier actividad conexa a su ocupación principal
Capítulo Tercero
Registro de Asistencias
Artículo 7º. El personal deberá iniciar y terminar con puntualidad su jornada de trabajo debiendo registrar sus horas de entrada y salida, permitiendo 10 min. de tolerancia para los casos de excepción, después de la hora reglamentaria. Los empleados NO deberán abandonar sus lugares
de trabajo antes de la hora de salida, sin la autorización previa de su jefe inmediato. No se permitirá laborar al empleado que, por alguna circunstancia, sin autorización del jefe inmediato, inicie sus labores después de la hora marcada para hacerlo, computando ese día como falta injustificada.
Capítulo Cuarto
Formas y Días de Pago
Artículo 8º. El pago de los sueldos y salarios al personal, se realizará de acuerdo a los lineamientos establecidos por BOTANAS EL PAPOTAS en moneda de curso legal, el plazo para el pago del salario no excederá de 15 días para el personal administrativo y comprenderá la remuneración del séptimo día, así como de los días de descanso fijados por la Ley y las vacaciones que la empresa otorgue.
Artículo 9º. A cada trabajador o trabajadora, se le otorgará el medio lícito para cobrar su salario, de manera segura y oportuna, entregándole el comprobante que ampare dicho pago.
Artículo 10º. Al recibir su sueldo o salario, el personal, deberá firmar de recibido el comprobante de pago que establezca BOTANAS EL PAPOTAS en caso de que hubiere alguna diferencia en sus percepciones, deberá dirigirse al área administrativa para hacer las aclaraciones respectivas.
Capítulo Quinto
Equipo de Trabajo
Artículo 11º. El personal que utilice máquinas, herramientas, uniformes o cualquier equipo de trabajo, tendrán la obligación de dejarlo en el debido estado de orden y limpieza antes de terminar cada jornada de trabajo.
...